En 2018, en Río Negro habrá juicios por jurado
El Nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Río Negro prevé que para enero de 2018 se implemente el “Juicio por jurados”. Este mecanismo será uno de los últimos de una larga serie de reformas paradigmáticas en el acceso a justicia y en la aplicación de los procedimientos. Antes, para marzo del año próximo, está prevista la puesta en marcha en plenitud de la Reforma Procesal Penal, que procura mayor celeridad y una justicia más abierta.
Sin embargo, ya hay nuevos procedimientos que están aplicándose, como la obligatoriedad de las audiencias públicas y orales para distintas instancias judiciales, a partir de la acordada 2/2016 del Superior Tribunal de Justicia.
La Justicia, a través de la Unidad para la Implementación de la Reforma Penal, que preside la presidenta del Superior Tribunal de Justicia, Liliana Piccinini, trabaja en la capacitación, las reformas edilicias, la adecuaciones tecnológicas y demás acciones necesarias para cumplir con el nuevo paradigma.
Cuando se implemente el juicio por jurado, este último se conformará para entender en aquellos casos en los que el fiscal pretenda una pena que supere los doce años de prisión.
El jurado estará integrado por siete titulares y, como mínimo, un suplente, cuando la pena pretendida se ubique entre los 12 y los 25 años. Si supera el cuarto de siglo o implique reclusión, la cantidad de jurados se ampliará a 12 titulares y como mínimo dos suplentes.
En todos los caos, la dirección del debate estará a cargo de un juez profesional. La integración de jurados es obligatoria e irrenunciable.
El jurado se integra con personas no profesionales del derecho, elegidas aleatoriamente. Son requisitos para ser jurado ser argentino, mayor de 18 años, estar en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos, tener domicilio conocido, con una residencia permanente no inferior a los dos años en el territorio de la jurisdicción del tribunal competente.
No podrán formar parte del jurado los abogados, gobernador, vice, ministros, funcionarios electivos, intendentes, funcionarios auxiliares del Poder Judicial, miembros de las fuerzas de la seguridad, ministros de un culto religioso ni las personas que tengan sentencia condenatoria a pena privativa de libertad por delito doloso.
El juicio por jurado exigirá que las partes litigantes (fiscales, defensores, abogados), pongan en práctica un nuevo lenguaje, novedosas formas de comunicación y de argumentación. Deberán adecuar al lengua de los hechos el léxico jurídico y agudizar sus estrategias de litigación.
El juicio por jurado procura “garantizar una más efectiva implementación de una justicia más justa y democrática, ya que permite la participación directa de la ciudadanía en la resolución de los conflictos más graves y posibilita tomar decisiones desde lugares diferentes e incorporar criterios de justicia material”.