Juzgan a dos policías de Fernández Oro por presuntos apremios ilegales
La Justicia rionegrina intenta determinar si dos efectivos de Fernández Oro son responsables de apremios ilegales. El hecho ocurrió en 2011. Las penas que podrían caberles son prisión o reclusión de uno a cinco años e, inhabilitación especial.
Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti inició esta mañana un debate que tiene como acusados a dos policías de la localidad de Fernández Oro, que llegaron a juicio procesados por el delito de apremios ilegales. El Tribunal estuvo presidido por Álvaro Meynet, e integrado por las vocales subrogantes Sonia Martín y Florencia Caruso. El fiscal que interviene es Gustavo Herrera.
Los imputados, identificados como Daniel Alejandro Molina y Jorge Hernán Quiroz -quién informó que ya se retiró de la Policía-, están siendo asistidos por el defensor privado Federico Diorio y por el defensor público Sebastián Nolivo.
El hecho que se les atribuye habría “ocurrido en la localidad de Fernández Oro en fecha 14 de abril de 2011, aproximadamente a las 14 horas, en la estación de servicios EG3 de la ruta provincial 65, en circunstancias en que Nelson Gabriel Ulloa, acompañado de su hijo menor de dos años, arribó al lugar en una motocicleta a cargar nafta, al mismo tiempo que llegó al sitio el móvil 2230 del Departamento Policial N°172. En esas circunstancias de tiempo y lugar el empleado policial Daniel Alejandro Molina al reconocer a Ulloa lo increpó diciéndole: “que mirás pendejo pelotudo, te voy a dar, te voy a pegar” y luego lo comenzó a golpear con la mano abierta, propinándole dos cachetazos en la cara del lado derecho para luego forcejear con la víctima y arrojarlo al piso, presionando con sus manos el cuello de Ulloa para evitar que se resistiera. En esta ocasión el uniformado Jorge Hernán Quiroz, al ver lo acontecido desde el patrullero colaboró con Molina en reducir a la víctima, pateándolo mientras estaba tirado en el piso, ocasionándole ambos empleados policiales con su accionar escoriaciones en la región cervical”.
Una vez abierto el juicio, los imputados, en la indagatoria, se remitieron a su declaración durante la instrucción. Luego comparecieron la víctima y el playero de la estación de servicio, ambos declararon como testigos.
La víctima ratificó los detalles del caso y dijo que conocía al policía Molina porque ya lo había detenido en otra oportunidad, meses antes de este hecho, luego de salir de un boliche. Agregó que su hijo de dos años observó todo el hecho y que cuando a él se lo llevaron detenido lo recogió una mujer, conocida de su familia.
El playero confirmó las circunstancias de tiempo y lugar aunque aclaró que en un momento ingresó a la oficina para confeccionar una factura. Cuando escuchó el forcejeo, observó a la víctima y al victimario en el contexto de una pelea.
El debate continuará el miércoles 20 de abril a las 17 horas con otros dos testimonios y la realización de los alegatos.
Al artículo 144 bis inciso 2 del Código Penal establece que: «Será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años e inhabilitación especial por doble tiempo el funcionario que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicare apremios ilegales».