Justicia evalúa demanda por compensación económica que efectuó un Juez
(ADN).- Los jueces de la Sala Segunda de la Cámara del Trabajo de General Roca analizaron el 12 de este mes el reclamo que presentó el magistrado Carlos Amilcar Gauna Kroeger contra el Poder Judicial de Río Negro para cobrar 82.710 pesos, o lo que se determine por pericia contable, en concepto de compensación económica correspondiente a trabajos realizados en la Cámara Primera del Crimen entre el 17/9/2011 y e 13/4/2012.
El reclamo excluye enero de ese último año por haber gozado Gauna Kroeger de la feria judicial.
Uno de los jueces de la Cámara del Trabajo aludió que la acción de Gauna Kroeger tiene por finalidad que se deje sin efecto la resolución N° 579 dictada por el Superior Tribunal de Justicia el 30/09/2014 y que dispuso rechazar la solicitud de compensación económica correspondiente a los trabajos realizados por ese magistrado en la Cámara Primera del Crimen en el período indicado por la recarga funcional extraordinaria ocurrida a raíz de la doble vacancia de jueces de esa dependencia.
Afirmó que “la solicitud resulta en principio ajena a los supuestos establecidos en la acordada N° 9/2006 del STJ (anexo C sobre bonificaciones particulares y subrogancias).
Argumentó además que “la resolución N° 579/2014 emana del Superior Tribunal de Justicia en el rol de máxima autoridad administrativa del Poder Judicial, sin requerir como tal la deducción de recurso alguno para su revisión, pues por tal condición su dictado agotó la vía y para habilitar esta instancia judicial… el actor hubo de promover la acción en el término de 30 días hábiles contados desde el 9/10/2014, cuando aquélla le fue notificada”.