Vidal también avanza en una ley mordaza a la prensa. Incluye prisión
El gobierno de María Eugenia Vidal decidió que se aplique una sanción de hasta dos años de prisión a quienes den a conocer el contenido de las Declaraciones Juradas -en su formato integral- que presenten los funcionarios provinciales, policías y agentes de servicio penitenciario. Entre los alcanzados por la sanción se ubica a «terceros». En otras palabras, a los periodistas y medios de comunicación.
La medida, que se dio a conocer hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, va a contramano del anuncio realizado ayer por el presidente Mauricio Macri , que prometió revisar el artículo 85 del proyecto de ley para el blanqueo de capitales, que establecía penas de prisión y multas a quienes revelaran datos de esas operaciones, incluyendo a la prensa.
A través del decreto 647, publicado hoy, Vidal modificó el decreto 116, con el que había obligado a sus funcionarios y a sí misma, además de los agentes penitenciarios y policiales con el grado de subcomisario en adelante, a publicar sus declaraciones juradas de bienes, una medida largamente esperada ante la falta de transparencia que impera en los actos del Estado provincial.
Ese decreto 116 establecía que los funcionarios públicos debían presentar las declaraciones juradas en dos formatos: una versión sintética y otra integral. La primera, que iba a ser de libre acceso para periodistas y ciudadanos, sólo consigna la valuación del patrimonio sin identificar los bienes que lo integran. La segunda, integral, incluye esas precisiones más los datos de los familiares directos de los funcionarios, pero iba a quedar a resguardo de la Escribanía General de Gobierno, ente que desde hace años rechaza todos los pedidos de acceso a la información realizados por la prensa.
«La Declaración Jurada Patrimonial Integral mencionada en el artículo precedente -incluido el Anexo-, tendrá carácter reservado. Los funcionarios, empleados y terceros que de algún modo vulneren el carácter y/o el contenido de estas declaraciones serán pasibles de las penas previstas por los artículos 157 y 157 bis del Código Penal según corresponda, siendo de aplicación toda otra sanción establecida en la normativa vigente», dice el texto agregado hoy por el decreto 647 al régimen de Declaración Jurada patrimonial de la provincia. En los fundamentos, se aclara que la Escribanía General de Gobierno solicitó hacer la corrección.