SITRAJUR pidió juicio político a la Procuradora. La causa está en la Sala Acusadora legislativa
(ADN).- El secretario general de Sitrajur, Pablo Víctor Barreno, pidió el juicio político a la Procura Silvia Baquero Lazcano, por abuso de autoridad (art. 248 del Código Penal), en virtud de la resolución 267, suscripta por la titular del Ministerio Público, del nueve de mayo de este año, cuando dispuso “la baja definitiva de las licencias pendientes de usufructuar con fecha anterior al 31/12/2006, correspondiente a todos los agentes y funcionarios dependientes del Ministerio Público” y a la vez “la baja definitiva de las licencias pendientes de usufructuar que no hayan sido denegadas al 31/12/2015”.
Barreno sostiene en su presentación que “sin sustento normativo alguno, eliminó un derecho garantizado en el artículo 14bis de la Constitución Nacional, protección del trabajo, descanso y vacaciones pagadas”.
En el mes de junio pasado el gremio había denunciado penalmente a Baquero Lazcano, ante agente fiscal, por la situación generada en este ámbito judicial con los empleados al suprimir licencias pendientes, sin que se conozcan actuaciones hasta la fecha.
El pedido de juicio político a la Procuradora está en la Sala Acusadora de la Legislatura, desde el cinco de julio, que preside Arabela Carreras e integran Ricardo Arroyo, Graciela Holtz; Jorge Vallaza, Facundo López y Javier Iud y se tramita en el expediente 1248/2016.
Entre los argumentos presentados, Sitrajur refuta las facultades invocadas por Baquero Lazcano, en cuanto a sus facultades en la Procuración, ya que funcionarios de ley, empleados de planta y transitorios se rigen por las mismas normativas del Poder Judicial “en todo lo atinente al escalafón, condiciones de ingresos, carrera, estabilidad, régimen disciplinario, derechos y deberes, prohibiciones, licencias y remuneración”.
Barreno explica en la denuncia que “la ausencia de facultades para el dictado de la norma que se cuestiona, adquiere mayor relevancia si se considera el tenor de la regulación que se pretende, toda vez que se trata de la eliminación de derechos adquiridos –licencias pendientes de goce- que además tienen la prohibición de ser cambiadas por remuneración, ya que tienen una función profiláctica –el descanso del trabajador- y que en la mayoría de las veces su acumulación se sostiene exclusivamente, en que por necesidades de servicio los trabajadores posponen su goce”.
Para el sindicato “resulta intolerable” la eliminación de gozar de licencias pendientes, mediante el dictado de un acto administrativo de alcance general, cuando la Procuradora “carece con nítida evidencia, de competencia para ello”.
Sostiene en sindicato, luego de argumentar sobre el artículo 248 del Código Penal, que “el abuso de autoridad se configura cuando el funcionario público, dolosamente, dicta órdenes o resoluciones atribuyéndose una facultad que ni las constituciones ni las leyes le confieren”.
Reitera Pablo Víctor Barreno en su escrito elevado al parlamento rionegrino que la Procuradora carece de facultades para tomar las medidas que cuestionan, un hecho que puntualiza, “asume más gravedad cuando ese ejercicio de funciones inexistentes se orienta a la eliminación de derechos de trabajadores”.
Para fundar esta posición se menciona un fallo de la Cámara del Trabajo de Viedma, del 21 de junio pasado, ante un amparo presentado por el sindicato donde se expresa “la ilegalidad manifiesta de las atribuciones pretendidas por la Sra Procuradora, razón por la cual entendemos existe una grave presunción en su contra que habilita el juicio político que incoamos”.