Modificaciones en el Consejo Asesor Mutual rionegrino
“En todos estos años, el sector mutualista rionegrino ha elevado numerosos reclamos y ésta reforma a la ley viene a dar respuesta a esos reclamos, lo que constituye una reparación histórica para tan importante movimiento social, económico, cultural, de servicios y educativo para la vida rionegrina”, señalò el legislador del FpV, Raúl Martínez, también dirigente mutualista.
La legislatura de Río Negro aprobó en su última sesión las modificaciones propuestas por el diputado viedmens a la ley que creó el Consejo Asesor Mutual en la provincia de Río Negro, que estarà integrado
por un representante titular y un suplente de cada sector de actividad de las Entidades Mutuales”.
“Cuando se aprobó esta ley todo el movimiento mutual rionegrino celebró la excelente oportunidad, pero pocos postulados se cumplieron”, indicó Martínez al explicar las modificaciones introducidas y señaló que “la falta de claridad en el primer texto de la ley llevaron a una dificultosa operatividad de su funcionamiento, lo que abortó en reiteradas oportunidades iniciativas propuestas”.
“La falta de compromiso y la inacción de los responsables del órgano competente, impidió la concreción de importantes iniciativas presentadas por las entidades mutualistas, desaprovechando los recursos generados por las propias entidades, los que son absorbidos por Rentas Generales cada final de ejercicio por su no utilización”, significó Raúl Martínez.
Se planteó como una modificación sustancial el tema de la representatividad de los mutualistas en el Consejo, y ahora “para que el sector de una actividad adquiera representación, la mutual que lo signifique deberá estar institucionalmente adecuada de conformidad a las prescripciones legales y de acuerdo a lo que informe la Autoridad Provincial competente”.
El nuevo texto también impone la obligatoriedad de reunión ordinaria del Consejo Asesor Mutual cada 45 días, “pudiendo hacerlo en forma extraordinaria convocado por el presidente o la autoridad Provincial”.
La reforma también especifica con mayores detalles las atribuciones de la Secretaría Técnica del Consejo asesor Mutual y modifica la asignación y administración de los recursos para su funcionamiento, mientras que «los gastos que demande el funcionamiento del Consejo Asesor Mutual son solventados por el veinte por ciento (20%) del recurso proveniente del aporte que realizan las asociaciones mutuales por el servicio de código de descuento sobre cuotas sociales y créditos a asociados, y por las partidas presupuestarias creadas al efecto”. i