Para algunas patologías, se estableció la obligatoriedad del test de VIH
El Gobierno estableció la obligatoriedad para los médicos de ofrecer el test de diagnóstico de VIH a quienes presenten patologías que podrían estar relacionadas, para víctimas de abuso sexual y para las parejas de embarazadas; y dispuso que cualquier paciente puede solicitar hacerse el estudio en un hospital público sin necesidad de una orden médica.
Según determina la resolución 55 del Ministerio de Salud, publicada hoy en el Boletín Oficial, serán plausibles del ofrecimiento aquellos que presentan «neumonías severas o a repetición; tuberculosis; cualquier infección de transmisión sexual; psoriasis; dermatitis seborreica extensa» o quienes hayan sido «víctimas de abuso sexual».
También quienes sufran de «Herpes Zoster; episodios de Herpes simple recurrentes; Candidiasis oral; cualquier tipo de inmunodeficiencia; linfoma; tumores malignos de cuello uterino o ano; todo tipo de neoplasia; síndromes mononuclesiformes; síndromes febriles prolongados, o sin diagnóstico definido; citopenias (anemias, leucopenia, trombocitopenia); enfermedades autoinmunes; micosis endémicas; infecciones recurrentes; cualquier enfermedad marcadora de Sida y demencia y encefalopatías en general», según informa la agencia DyN.
La resolución también establece «la obligatoriedad del ofrecimiento del test diagnóstico del virus de inmunodeficiencia humana con información a la pareja de la mujer embarazada» y recomienda «ofrecer la prueba de detección del VIH con información a todas las personas que entren en contacto con el sistema de salud independiente de la causa».
Otro de los puntos de la decisión del ministerio que conduce Jorge Lemus señala que no será obligatorio «presentar una orden firmada por un médico para la realización y el procesamiento de las pruebas para detección del virus del VIH, en todo el sistema público, bastando la simple solicitud y la firma del consentimiento informado de las personas interesadas en cualquier lugar donde se realicen los test».