Ante críticas por el caso López, se informó sobre el mecanismo de desafuero
Críticas surgidas desde distintos sectores políticos, de organizaciones de mujeres e instituciones comunitarias, cuestionan la permanencia del legislador Rubén López (JSRN), acusado de acoso sexual, como integrante del parlamento rionegrino. De tal manera que el secretario legislativo, Daniel Ayala, informó que no ha ingresado ninguna solicitud para iniciar el proceso establecido en la Constitución para el desafuero de un legislador.
Ayala expresó que “quizá exista algún grado de desconocimiento sobre el proceso de desafuero, ya que en las últimas horas se conocieron declaraciones en las que alguna institución u organismo solicita el desafuero de un legislador a la propia Legislatura, siendo que esto resulta imposible”.
El secretario indicó que “la Constitución sólo admite que sea la Justicia quien inicie el proceso y solicite el desafuero”, lo que inhabilita al Poder Legislativo a actuar sin ese requerimiento previo.
Cabe recordar que el oficialismo ya ha manifestado que, en caso de existir un pedido de desafuero formulado desde la Justicia, se dará curso al mismo en forma inmediata.
El desafuero en la Constitución Rionegrina
El artículo 129 de la Constitución provincial expresa: “A pedido de juez competente, la Legislatura puede, previo examen del sumario en sesión pública, suspender con dos tercios de votos en su función al legislador y ponerlo a disposición para su juzgamiento. Si la Legislatura niega el allanamiento del fuero, no se vuelve ante ella con la misma solicitud. Si accede y pasan seis meses sin que el legislador hubiese sido condenado, éste recobra sus inmunidades y vuelve al ejercicio de la función con sólo hacer constar las fechas”.