Régimen simplificado de ingresos brutos para monotributistas de AFIP
La Agencia de Recaudación de Río Negro determinó que todos los monotributistas de AFIP podrán optar por ingresar al Nuevo Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la provincia. La medida alcanza a todos los contribuyentes que se encuentran inscriptos en ingresos brutos bajo el régimen general pero son monotributistas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)y comprende a todos los monotributistas, sin distinción de actividades ni categorías como ocurría previamente.
La adhesión al nuevo régimen es optativa y se realiza a través de la presentación del Formulario Nº 485 en las oficinas de la Agencia de Recaudación rionegrina.
Los contribuyentes que comiencen a operar bajo el régimen simplificado pagarán mensualmente un monto fijo, según las escalas y categorías dispuestas para los monotributitas de AFIP, no deberán presentar declaraciones juradas mensuales y estarán sujetos a retenciones bancarias y percepciones con una alícuota reducida del 0.05%, las cuales serán deducidas de oficio por el fisco en la cuota de febrero de cada año.
El nuevo régimen alcanza a todas las actividades del impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro y la posibilidad de adhesión al mismo comienza a partir del periodo 4/2017 cuyo vencimiento opera en el mes de mayo. Las recategorizaciones son cuatrimestrales.
Estos cambios en el régimen simplificado de la provincia de Río Negro se ponen en práctica para unificar el tratamiento a los pequeños contribuyentes a partir de los cambios dispuestos por la AFIP y permite agilizar los procedimientos de declaraciones juradas y pagos y aquellos que estén bajo este nuevo régimen pagarán un monto fijo mensual. Incluso el impuesto se puede pagar a través del debito directo en cuenta bancaria lo que simplifica aún más la situación”.