Blanqueo. Abogados de Roca molestos con el STJ
(ADN).- Los abogados comenzaron a sentir los efectos secundarios de la bancarización de todos sus movimientos, una disposición de la Justicia de Río Negro que los tiene a mal traer porque, a partir de la resolución 812/17 del Superior Tribunal de Justicia, hay un montón de ojos posados sobre los movimientos de sus cuentas y sobre las percepciones pecuniarias de sus clientes, también conocidos como “judiciables”.
Ante de la resolución, una vez firme la sentencia, el profesional debía dedicarle unos 40 a 45 minutos a esperar la orden de pago (“el cartón”, en el ambiente), y con eso iba a la caja del banco y se hacía del efectivo. El era quien le daba a su cliente lo que le correspondía.
Ahora se pretende un pago directo, tal vez a la luz de varios casos resonantes en los cuales algunos abogados se quedaban con una tajada mayor o indebida, de lo que correspondía al ciudadano que ganaba una sentencia.
Lo cierto es que desde el colegio de abogados de General Roca salió una nota dirigida al vocal del STJ, Ricardo Apcarián, en la cual le manifiestan que tal resolución “es sumamente resistida ya que genera serios inconvenientes y costos a los profesionales y justiciables, por lo que debería funcionar de modo adecuado y no representar una suma de inconvenientes y obstáculos al cobro de los fondos que son propiedad de las partes o los profesionales”.
Apcarián escuchó estos planteos en una reunión cara a cara con los representantes de los abogados de Roca, a quienes les solicitó una nota. Y así lo hicieron, resaltando como primer inconveniente que existen “demoras graves desde que se deposita el dinero hasta la efectivización de las transferencias, especialmente en el fuero laboral, las que en algunos casos superan los 20 días”.
Buena parte del reclamo salpica al Banco Patagonia. Primero consideran que le están complicando los trámites a las personas, porque “el banco exige certificado de domicilio para lo cual los justiciables tienen que pagar un sellado y dirigirse a la Policía, implicando trastornos, pérdida de tiempo, retiro de lugares de trabajo”, a lo que suman los “costos a los trabajadores a los que se obliga a abrir una cuenta”.
Pero además “el Banco Patagonia demora cerca de una semana para abrir la cuenta, tiempo que se suma a lo que tarda el Organismo en proveer y hacer las transferencias”.
Pero quizá la parte medular del abogadesco reclamo es cuando apuntan a la posibilidad que, en el camino, se vayan aplicando descuentos sobre los pagos. Piden que se especifique, al momento de los trámites entre el Poder Judicial y el Banco, “la incorporación de campos para determinar el origen de los fondos en las transferencias”. Al no estar especificado en concepto de qué se ingresa esa suma a una cuenta, “se han registrado inconvenientes en la retención de ingresos brutos e impuesto a los créditos y débitos bancarios, sobre indemnizaciones laborales, pagos de IVA a Profesionales, reintegro de gastos, entre otras, ya que los bancos receptores de las transferencias, desconocen el origen de los fondos”.
Sostienen que “esta situación es grave porque puede implicar una ablación (recorte) de fondos de carácter alimentario en detrimento de trabajadores y profesionales”.
Para colmo aseguran que “en algunos casos los fondos serán de difícil sino imposible recupero, cuando se pretenda repetir al agente recaudador, dada la burocracia que ello lleva aparejado”.
En el caso de sus clientes, “debe considerarse el riesgo de ‘embargo’, y otras medidas cautelares, sobre sumas que por su naturaleza inembargables, como lo son distintos tipos de indemnizaciones”.
Ante esto, además del reclamo, han planteado que, al menos, les reconozcan los intereses, porque su el banco se demora una semana, y el Poder Judicial demora otros 20 días, transcurre más de un mes desde la resolución judicial al cobro efectivo.
De todos modos, le recordaron a Apcarián que la resolución 812/17 “es sumamente resistida ya que genera serios inconvenientes y costos a los profesionales y justiciables, por lo que debería funcionar de modo adecuado y no representar una suma de inconvenientes y obstáculos al cobro de los fondos que son propiedad de las partes o los profesionales”.