A un mes del nuevo Código Procesal Penal. ADN
El viernes se cumplió el primer mes de vigencia del nuevo Código Procesal Penal. A título de aproximación de un somero análisis, esta agencia recabó opiniones en el foro penal, que permitieron la elaboración de este trabajo, sobre la base –se reitera- de esta experiencia en la primera circunscripción judicial, sin pretensiones mayores que sumar un aporte.
En primer lugar, podría señalarse que en la sociedad este cambio no generó expectativas o conflicto, al menos visible. Es más, sería incierto pensar que el justiciable conoce del nuevo Código, a pesar de su difusión mediática.
Probablemente el mayor recelo exista hacia adentro, en los empleados del poder judicial, Jueces, fiscales y abogados.
El Ministerio Publico Fiscal, es la vedette de la reforma. Se pudo constatar un esfuerzo de los Fiscales para poder llevar adelante el nuevo proceso, aún con menos personal, en comparación con los Juzgados de Instrucción. La mayoría de los trabajadores quedó en las oficinas judiciales y pocos pidieron irse a las Fiscalías.
Según algunas voces, esta situación podría generar consecuencias futuras, ya que la oficina judicial solo coordina la actividad de los jueces y el desarrollo de las audiencias, entre otras funciones. Quienes investiga y requieren más personal son las fiscalías. Esto no sucede y puede ser motivo de conflicto.
La oficina judicial, con desconcierto en los primeros días, por ser un organismo nuevo, se fue acomodando, aunque se percibieron dos cuestiones importantes: primero que hay mucho personal acumulado con escasas funciones. Los ex secretarios que poseen experiencia en investigación y podrían ser muy útiles en las fiscalías, se encuentran con escasa tarea, al igual que los empleados con experiencia en investigación.
En segundo lugar, hay quejas de los abogados por las notificaciones a los clientes, antes de hacerlo con el letrado. En este sentido se conoció una nota que el Colegio de Abogados de Viedma presentó por esta mecánica, a los fines de resguardar a sus matriculados.
En cuanto a las causas, se ha podido observar en general mayor celeridad en su tramitación, cuando antes demandaban un proceso mínimo de un año y en este mes transcurrido fue notoria la celeridad que imprime el código. El problema es, muchas veces, la escasa o casi nula actividad defensista, que puede traer consecuencias a largo plazo.
Por otro lado, también se ha visto mucha improvisación en temas que sin dudas se van a ir resolviendo sobre la marcha. Por ejemplo: las notificaciones a las partes; las cuestiones relacionadas con los privados de la libertad; la sustanciación de las apelaciones que quedaron del sistema anterior; los recursos de impugnación, entre otros temas. De esta manera, han sido cuestiones donde se ha ido fijando postura a medida que se fue transitando el mes, con todo lo que implica.
Se concuerda en que el punto más conflictivo que aún no se presentó, y probablemente ocurra en diciembre o febrero y de ahí en adelante, sea el vencimiento de los plazos de investigación o luego de la formulación de cargos a un imputado. El código establece que los plazos son perentorios y debe sobreseerse al imputado, con el riesgo de que haya causas que queden impunes.
Se estima en este punto que la Justicia deberá tomar postura rápido, más allá de lo establecido en la ley orgánica, puesto que hay un sinfín de causas que se encontraban en los Juzgados de Instrucción y que pasaron a las fiscalías y podrían comenzar a vencerse los plazos. Situación con consecuencias para dentro del sistema y fundamentalmente en la sociedad.
Un problema en esta reforma -por todos conocidos y comentado en el ámbito interno y entre los abogados- fue la falta de acuerdo entre la Procuración y el Superior Tribunal de Justicia, donde a decir de los consultados se priorizaron los intereses personales. Lo mismo ocurrió entre el Fiscal General y la Procuración. Estas diferencias no han ayudado a una mejor organización. De todos modos igual la reforma del sistema se pudo realizar.
En resumen, podría decirse que en la sociedad ha pasado desapercibida la implementación del nuevo Código y el ciudadano común no ha notado, más allá de las noticias, en qué consiste este nuevo procedimiento penal.
Por el contrario, el cambio se sintió hacia adentro, con puntos de conflictos y crisis en el marco del nuevo código. Muchos se resolverán… y otros se profundizarán.
Como conclusión, vale una reflexión final, tomada de un conocido abogado penalista local, quien sostiene que “la consolidación o el fracaso del sistema -con el correr del tiempo- tienen una clave: el Ministerio Publico Fiscal. Mientras se priorice la oficina judicial y el Consejo de la Magistratura siga designando Jueces y no Fiscales, o fiscales adjuntos, las posibilidades de éxito de la reforma se verán opacadas”.