Corrupción de Menores. Ratificaron la condena de Sella
La Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma resolvió condenar a Rubén Darío Sella a la pena de 7 años de prisión, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de promoción de la corrupción de menores y promoción de la prostitución.
De esta manera, confirmó el acuerdo establecido en la audiencia previa entre la Fiscalía y la Defensa, por el cual Sella aceptó la autoría de los hechos, la calificación legal y el monto de la pena. El ahora condenado ya está detenido desde hace algunos meses.
Este tipo de sentencia con acuerdo previo entre las partes implica la firmeza de las sentencias, evitándose las posibilidades recursivas que implicaría un juicio típico.
La Sala estuvo integrada por los doctores Carlos Reussi, Sandra Filipuzzi de Vázquez y Carlos Marcelo Valverde.
El último 11 de septiembre se llevó a cabo la audiencia de juicio abreviado. Allí, el Fiscal de Cámara ofreció al imputado y su defensa, a condición de que acepte la comisión de los hechos y la calificación legal, la pena de siete años de prisión accesorias legales y costas.
Luego de explicar los distintos hechos y las leyes que los enmarcaban -dado que hubo cambios en la normativa durante los diferentes sucesos- el representante del Ministerio Público Fiscal aludió a la expresa voluntad de las víctimas, a los fines de dar razones de su propuesta de juicio abreviado y pena, con el objeto de evitar una nueva exposición y revictimización de las mismas.
La defensa manifestó no tener objeciones con la propuesta de la Fiscalía. A continuación el Dr. Carlos Reussi puso en conocimiento del imputado sus derechos y le explicó el alcance del acuerdo y su facultad de aceptar o no la propuesta formulada, como así también si admitía efectivamente su culpabilidad en relación al hecho por el cual se ha requerido juicio a su respecto. El imputado Sella manifestó que entendía las implicancias de su intervención y que reconocía su autoría en los hechos, que aceptaba la calificación legal y la pena propuesta.
El fallo destaca que “la vista de las constancias de autos se aprecia que el acuerdo arribado entre las partes se inscribe dentro de los márgenes de la legalidad vigente, habiéndose fundado apropiadamente la requerida aplicación de la ley imperante a la fecha de cada uno de los hechos, los que se consideran plenamente acreditados como así también la responsabilidad penal del encartado, por reunidos los extremos legales de las conductas atribuidas, y enmarcarse la pena en la escala legalmente prevista, a la vez que justificada en su extensión por parte del Fiscal de Cámara, así como su modalidad de cumplimiento en la forma propiciada en la presente causa”.
De esta forma, aceptó el acuerdo alcanzado oportunamente y condenó a Rubén Sella a la pena de 7 años de prisión.