La Corte anuló la condena de Goye, Zúñiga y Cortés
La Corte Suprema de Justicia resolvió el recurso de queja interpuesto por Walter Cortés y Víctor Carcar, asistidos por el doctor Gustavo Palmieri, contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, que por mayoría, confirmó la condena como coautores del delito de fraude en perjuicio de la administración pública, reiterada en dos oportunidades, de Walter Cortés y Víctor Carcar, a cumplir las penas de cuatro años de prisión, inhabilitación especial por igual término para ejercer cargos sindicales y multa.
En su sentencia la Corte consideró imperioso aplicar el principio rector en lo que a la garantía de la defensa en juicio y al derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas se refiere. Señalaron los jueces que lo resuelto por la Cámara no condice con lo reiteradamente sostenido por la Corte y ello en la medida en que se justificó la demora en la tramitación del proceso penal en el tiempo insumido en la resolución de las impugnaciones planteadas por la defensa de los imputados sin siquiera calificar de dilatoria esa actividad.
Calificaron de arbitrario lo resuelto por la Cámara «pues si bien es cierto que las sentencias de la Corte solo deciden los procesos concretos que le son sometidos y no resultan obligatorias para casos análogos, no menos lo es que los jueces inferiores tienen el deber de conformar sus decisiones a esa jurisprudencia y, por tal razón, carecen de fundamentación los pronunciamientos que se apartan injustificadamente de los precedentes del Tribunal».
Así la Corte consideró descalificar por arbitraria la sentencia impugnada dejando asentado que, «atento el temperamento adoptado, deviene inoficioso pronunciarse respecto de los restantes agravios».
El fallo firmado por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto el pronunciamiento apelado.
(Fuente: Bariloche2000)