Fallo a favor de comunidad mapuche de vaca muerta
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal de General Roca -por unanimidad- confirmó un fallo previo de la Cámara Federal de esa ciudad que había concedido un habeas corpus en favor de la comunidad mapuche de Campo Maripe, ubicada en Vaca Muerta, tras la irrupción de tropas de la Gendarmería en junio de 2017.
En esa resolución la Cámara Federal roquense había ordenado «a la Gendarmería, en la persona de la señora ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que observe el deber de abstenerse de intervenir, sin orden escrita emanada de autoridad competente y sin perjuicio de sus funciones como fuerza de prevención general, dentro del territorio ocupado por la comunidad aborigen Lof Campo Maripe y de limitar la libertad corporal y ambulatoria de ninguno de sus miembros».
Ahora los camaristas de Casación ratificaron la resolución que pone un límite al saqueo y destrucción de un territorio estratégico en reservas de petróleo y gas bajo el patrón del extractivismo, y emite una luz roja para frenar los ataques a los grupos aborígenes que lo custodian. La orden para avanzar sobre los derechos de los mapuche a pedido de la empresa YPF había sido emitida directamente por el entonces jefe de Gabinete del ministerio de Seguridad, Pablo Nocetti. “Sacrificaron libertades individuales en aras de resguardar un interés económico corporativo», habían dicho los jueces federales rionegrinos
El 21 de junio de 2017 llegaron al lugar sesenta gendarmes, dirigidos por el comandante Jorge Enrique San Emeterio, quien adujo contar con la «orden emanada de un juez federal» que nunca exhibió e interrumpió el paso al territorio de la comunidad Campo Maripe, cerrando dos entradas. Los uniformados actuaron con violencia e impidieron que los habitantes de ese territorio pudieran salir durante las diez horas que duró el operativo. El 22 de junio se repitió el mismo operativo, con el argumento de que los uniformados debían proteger las tareas que la empresa YPF estaba cumpliendo en el lugar. Las mismas fuerzas de seguridad adelantaron que al día siguiente “se produciría el desalojo de la comunidad que se encuentra en una torre de perforación”.
En ese contexto la Defensoría y la Fiscalía solicitaron la acción de habeas corpus, por considerar que la acción de los gendarmes era “una amenaza a la libertad ambulatoria y de circulación de los afectados en razón del accionar ilegal y carente de sustento en una orden escrita de la autoridad competente”, así como también “la amenaza a la integridad física, tanto de personas mayores como de los menores de edad”.