Una ART deberá indemnizar a trabajador de FRIDEVI
A un empleado de la empresa frigorífica de Viedma FRIDEVI, mientras llevaba a cabo su labor diaria, se le cayó encima un carro con cortes de carne vacuna. El accidente le provocó una herida cortante en la cara y traumatismos en el hombro y en el tórax. La ART “La Segunda” cubrió el tratamiento médico, los estudios por imágenes y la rehabilitación correspondiente hasta el dictado del alta médica.
Luego, como es habitual, una Comisión Médica determinó si quedó con secuelas incapacitantes como consecuencia del accidente.
En este punto, determinó que la incapacidad era del 5,72 por ciento. En base a este porcentaje, se fijó una indemnización. Sin embargo, el trabajador consideró que la incapacidad que le provocó el accidente era mayor, por lo que inició un recurso judicial.
La Cámara Laboral de Viedma trasladó la demanda a la ART, que formuló una negativa genérica y particular de los hechos. En lo sustancial, manifestó “que la presentación del actor carece de una crítica concreta y razonada del dictamen de la Comisión Médica”.
Se concretó entonces una pericia médica, que dejó constancia de que el actor presentaba una cicatriz en el rostro, extendida desde el borde del arco superciliar derecho hasta la comisura labial. También dio cuenta que, a raíz del incidente, el hombro derecho del trabajador quedó con una limitación funcional, con signos de dolor al moverlo.
Con esta pericia y la recolección de prueba, la Cámara Laboral de Viedma estableció que el trabajador tiene una incapacidad definitiva, parcial y permanente del 7,32%, es decir mayor al reconocido en la Comisión Medica.
De esta manera, ordenó a La Segunda ART S.A. “calcular y abonar las prestaciones dinerarias por incapacidad definitiva de acuerdo con el porcentaje de incapacidad aquí reconocido”.