Ganancias: el proyecto asegura «la zona patagónica»
(ADN). – El proyecto de ley original de modificación del impuesto a las Ganancias que debate la Cámara de Diputados de la Nación, mantiene el beneficio en la zona patagónica, medida ratificada por el Ministerio de Economía y la AFIP, y ahora se incorporará al proyecto un artículo que mantiene vigente ese beneficio.
Con esta medida se verán beneficiados cerca de 83.500 empleados y jubilados que pagarán el impuesto en la región patagónica, pero con una menor carga tributaria que el resto de los contribuyentes, dado que mantendrán un incremento en las deducciones del 22% respecto del resto del país.
En tanto, este cambio abarcará a 7.280 contribuyentes de La Pampa; a 21.915 en Neuquén; 12.596 en Río Negro; 26.684 en Chubut; 14.411 en Santa Cruz y 581 en el Partido de Patagones.
El proyecto impulsado por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa sobre la modificación del impuesto a las Ganancias incluirá otros cambios en beneficio de jubilados y pensionados, las parejas en concubinato y los contribuyentes de la zona patagónica. Estos cambios, que traerán alivio fiscal a más de 1.200.000 trabajadores y jubilados, fueron consensuados con el Ministerio de Economía y la AFIP.
El proyecto de modificación del Impuesto a las Ganancias sube el piso salarial a 150.000 pesos desde el cual se pagará el impuesto, retroactivo al primero de enero una vez que se convierta en ley, por lo que en aquellos casos que corresponda se realizarán reintegros. De esta manera, el Estado reintegrará lo deducido por el impuesto en enero, febrero y marzo.
En cuanto al caso de los jubilados, la ley establece actualmente que para que puedan acceder al beneficio de la deducción de 6/8 haberes no puede tener otros ingresos distintos a la de la jubilación (por ejemplo, intereses de un plazo fijo). En definitiva, esto tiene un impacto directo en muchos jubilados que, además del haber, perciben otras rentas o ingresos. En ese sentido, la nueva modificación permitirá flexibilizar el requisito para la deducción estableciendo un monto mínimo de ingresos para perder el beneficio.
Por otro lado, con respecto a las parejas en concubinato, si bien la ley habilita deducir al cónyuge en la actualidad, «la nueva ley permitirá ampliar la deducción al concubino, cualquiera fuera el sexo, dándole al proyecto una perspectiva de género», se resaltó. “La deducción prevista en este apartado también será aplicable para los integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo, que se acredite en la forma y condiciones que a esos efectos establezca la reglamentación”, se indicó en el proyecto.