Piden 5 años de prescripción para deudas por riego
(ADN).- La Comisión de Planificación, Asuntos Económicos y Turismo de la Legislatura dio dictamen favorable al proyecto que propone la modificación del artículo 274 de la Ley Nº 2952 (Código de Aguas), estableciendo nuevos plazos de prescripción a las deudas contraídas por productores en concepto de canon de riego y otros tributos.
La explicación de la iniciativa estuvo a cargo de Miguel Volonté, director de Asuntos legales del Departamento Provincial de Aguas (DPA), quien señaló que actualmente en la provincia no hay reglas claras al respecto.
Puso como ejemplo que los tributos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria (ART), mediante el Código Fiscal, tienen un plazo de 5 años de prescripción. Sin embargo para las obligaciones originadas en el canon de riego se continuó aplicando lo que expresa una ley nacional, que es de 10 años.
Con el nuevo Código Civil, en el 2015, se disminuyeron los tiempos de prescripción entre los particulares a solamente 2 años. Volonté mencionó que la Cámara Civil de General Roca hizo lugar a un planteo judicial respecto de la prescripción de una deuda a los dos años, lo que fue confirmado luego por el Superior Tribunal de Justicia, aunque la sentencia no está firme aún.
El funcionario consideró “razonable y atinado” proponer que el vencimiento de ese tipo de tributos se produzca a los 5 años, ya que “2 es un plazo muy breve”, comparado con los 10 que regían hasta hace no mucho tiempo. “Creemos que ese tiempo debe ser similar al del Código Fiscal”, cerró el funcionario.