Modificarán el Código Procesal Administrativo
(ADN).- La Legislatura aprobó en primera vuelta una modificación al Código Procesal Administrativo, con el fin de unificar el acceso a la revisión judicial en aquellos procesos especiales que prevén el agotamiento de la vía administrativa de modo distinto a la prevista en la Ley de Procedimiento Administrativo.
El proyecto impulsado por el Superior Tribunal de Justicia fue acompañado en forma unánime y tuvo como miembro informante del oficialismo a Lucas Pica.
El legislador explicó que la ley 2938 estableció cómo agotar la instancia administrativa para que un acto administrativo pueda ser revisado en sede judicial. Esa ley determina que, en principio, todos los actos actos administrativos del Poder Ejecutivo, para permitir el agotamiento de la vía administrativa y posterior paso a la reclamación y revisión en sede judicial, tienen que tener una última resolución del titular del Poder Ejecutivo, o sea del gobernador o gobernadora.
Todas aquellas leyes que tienen una modalidad distinta de agotamiento de la instancia administrativa para habilitar la revisión judicial son los procesos especiales, que están contemplados en más de 20 leyes, como la del Tribunal de Cuentas, la de Defensar al Consumidor, la del EPRE, entre otras.
Al comenzar a funcionar los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y dado el criterio subjetivo receptado en el Código Procesal Administrativo, se hizo necesario definir y unificar la modalidad de acceso a la jurisdicción con el objeto de regular un sistema único que dé previsibilidad jurídica e igualdad de trato en la instancia procesal.
Pica aseguró que con esta iniciativa “se unifican todos estos procesos especiales, se da certeza, claridad, previsibilidad y seguridad para que los administrados puedan revisar estos actos administrativos y reclamar en sede judicial”. Nicolás Rochas, del Frente Renovador, coincidió en que la iniciativa otorga certeza y claridad a los operadores judiciales en defensa de los ciudadanos.
Consejo de la Magistratura
Además, la legislatura aprobó por mayoría la ley para modificar un artículo de la ley que regula el Consejo de la Magistratura, para jerarquizar el rol institucional de la Secretaría del Consejo de la Magistratura, equiparándolo al cargo de Juez/a de Primera Instancia.
El legislador Lucas Pica (JSRN) detalló que en el año 2008 se le dio la jerarquía de Secretario de Cámara a la persona que ostente el cargo de Secretario de la Magistratura.
Todas las funciones que han venido desarrollando los distintos Secretarios del Consejo de la Magistratura se han visto potenciadas por este órgano, que ha crecido de forma notable. “Entendemos que ha quedado obsoleto la jerarquía que se le otorga en la normativa”.
Por su parte, el legislador Pablo Barreno (FDT) adelantó el voto negativo de su bloque y argumentó que es darle más plata a un funcionario que ya rindió para ese cargo y no fue modificada ninguna de esas funciones desde que rindió, “creemos que es un privilegio”.
Por último destacó que los requisitos para un cargo y para el otro son diferentes. No hay igualdad de condiciones para los que se anotaron para ese concurso.
Al cierre de la sesión el legislador Facundo Lopez (JSRN) destacó que están buscando jerarquizar un área que tiene mucho más trabajo y mucha más responsabilidad desde cuando se originó. Sin dejar de lado que hay que trabajar de forma conjunta la modificación a la ley del Consejo Magistratura.