Per Saltum a la Corte e inhibición del juez de Rawson
La Procuración del Tesoro de la Nación pidió hoy a la Corte Suprema de Justicia que intervenga a raíz del fallo que hizo lugar al pedido de Chubut para que se le restituyan fondos coparticipables suspendidos por la Nación, y solicitó la inhibición del juez de Rawson Hugo Ricardo Sastre.
«La Procuración del Tesoro de la Nación presentó hoy la primera acción de su estrategia respecto de la causa de Chubut por el Fondo Compensador del Transporte. Se le pidió a la CSJN que inhiba al Juez de Rawson y que intervenga por ser el Tribunal competente para ello, por corresponder la competencia originaria y por la trascendencia institucional de la cuestión. Fin», anunció el vocero presidencial Manuel Adorni en su cuenta de X.
El martes pasado, apenas se conoció el reciente fallo desfavorable en torno a la disputa por fondos coparticipables de Chubut, el presidente Javier Milei ordenó a su equipo legal a pedir un per saltum a la Corte a fin de revertir lo dispuesto por el juez Sastre.
En tanto, el miércoles el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, anticipó que el Gobierno nacional iba a presentar «a la brevedad» el per saltum, en el marco de un trabajo conjunto con el procurador del Tesoro, Rodolfo Barra.
Finalmente, la solicitud del Gobierno no fue técnicamente un per saltum, sino un pedido para que la Corte intervenga como tribunal único. En ese marco, en el oficialismo consideran que la relación de las provincias con el Gobierno nacional es competencia plena del máximo tribunal.
Sobre la sentencia del juez federal de Rawson, Cúneo Libarona consideró que se trata de «un disparate» y «una medida inadecuada», mientras calificó la actuación del magistrado como «una incompetencia manifiesta».
Además, insistió en que “el juez se pone a legislar sobre cuestiones económicas ajenas al Poder Judicial”, mientras que enfatizó que cuando salió el fallo se quedó «perplejo, sobre todo por la falta de solidez y de fundamento».
En su fallo del martes pasado, el juez Sastre exhortó a Chubut y Nación a que «arbitren medios conducentes tendientes a la cancelación y/o refinanciación de la deuda, en condiciones razonables, que no importen el compromiso de servicios esenciales del estado provincial».
«Nos encontramos ante una injusta e intransigente posición por parte de la demandada (el Estado Nacional, ndr), sumado a una inexistente política de absorción de consecuencias por parte del Estado Nacional respecto de la Provincia del Chubut llevada a cabo por el descuento automático de fondo coparticipables», sostuvo el fallo, de 17 páginas.
Cuando una de las partes presenta un per saltum, los jueces del máximo tribunal se reúnen en una reunión de acuerdo y analizan si el pedido es justificado o no. Si lo aceptan, volverán a reunirse para emitir una sentencia definitiva. Si lo rechazan, la causa continúa su trámite natural.