Restringen medicamentos con descuento 100% de PAMI

(ADN).- El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados anunció modificaciones en el esquema de cobertura de medicamentos. Varios remedios que contaban con un beneficio total ahora sólo tendrán una cobertura del 40% al 70%. Según informó el PAMI, los descuentos del 100% serán para los remedios de enfermedades crónicas o tratamientos especiales.

Los cambios en el esquema de cobertura hicieron que varios fármacos pasen a ser de beneficio eventual y de venta libre. Esto impacta en el costo que deberán pagar los adultos mayores. La medida tendrá efecto sobre los fármacos que son considerados no esenciales para tratamientos largos vinculados con el tratamiento de enfermedades crónicas y oncológicas.

El hecho de que haya medicamentos que ahora dejaron de tener 100% de cobertura, obliga a los adultos mayores en muchos casos a decidir qué medicamentos comprará sí o sí y cuáles no. A esta acción se multiplican las quejas por la falta de cobertura de medicamentos en PAMI.

Nuevo esquema

Para acceder a la cobertura cobertura del 100% de los medicamentos ambulatorios (hasta 4 prescripciones) para aquellas personas afiliadas que no puedan pagar el importe del medicamento con el descuento habitual, por razones sociales, deberán:

-Tener un ingreso menor o igual a 1,5 haberes previsionales mínimos.

-No tener más de un inmueble, ni poseer un auto de menos de 15 años, aeronaves o embarcaciones de lujo.

-No estar afiliados a un sistema de medicina pre-paga.

-Si la persona afiliada no cumple con los requisitos para acceder al subsidio social, pero gasta el 5% o más de sus ingresos en medicamentos, puede solicitar la vía de excepción para situaciones especiales; donde se le pedirá un informe social y médico.

¿Cómo es la cobertura de medicamentos PAMI?

La obra social cuenta con un programa de cobertura parcial para determinados remedios en diversos casos. Algunos de los porcentajes de cobertura son:

-40% para medicamentos de uso ocasional o temporal para tratamientos cortos.

-50% a 60% para remedios de enfermedades agudas que tienen un inicio y fin de tratamiento establecido.

-50% a 80% para medicamentos para patologías crónicas que no tienen un final establecido.