Condena judicial a la Policía rionegrina por reintegros salariales

Roca (ADN).- Los jueces de la sala II de la Cámara del Trabajo de General Roca hicieron lugar a la acción de amparo que promovió un suboficial y condenaron a la Jefatura de Policía de Río Negro a restituirle el pago de suplementos particulares y reintegros por varios conceptos desde abril. El organismo de seguridad observó que aquél habría tomado de más licencia por razones de salud, durante 115 días.

 

Los jueces laborales roquenses también ordenaron a la Jefatura que concluya el sumario administrativo al cabo primero – de General Roca- por razones de enfermedad en el término de 60 días.

La restitución dispuesta judicialmente incluye suplementos por «dedicación exclusiva», «riesgo profesional» y «suma no remunerativa seguridad».

Del expediente surge que por resolución Nº 1260 JEF del 21/3/2012, el jefe de Policía de Río Negro dispuso el pase a situación pasiva del cabo primero (AS-EG) Marcos Damián T., a partir del 5 de octubre de 2011, ordenando además la remisión de copia de la decisión a la Dirección de Logística y Finanzas.

Consideró que el efectivo usufructuó licencia por razones de salud desde el 28 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2011, por el término de 115 días, habiendo revestido conforme constancias de su legajo en la situación de disponibilidad del artículo113 inciso b) de la Ley 679 dispuesta por resolución Nº 4249/11 JEF desde el 19 de octubre de 2010 hasta el 15 de febrero de 2011, por lo que estimó procedente regularizar la situación de revista.

Por ese motivo, el suboficial, con el patrocinio letrado de la abogada Susana Sánchez, formuló acción de amparo en los términos del artículo.43 de la Constitución de la Provincia de Río Negro, contra lo que considera “un obrar arbitrario y lesivo de la Jefatura de Policía Provincial”.

Pidió, concretamente, la anulación de la resolución Nº 1260, por cuanto a su modo de ver “prejuzga en el sentido de que su disponibilidad anterior fue encuadrada como licencia por enfermedad no motivada por el servicio, aparejando ello la injustificada quita de los adicionales por riesgo profesional y dedicación exclusiva, lo cual redunda en una disminución del 40 por ciento del haber que debe percibir, conforme resulta de los recibos correspondientes a los meses de abril y mayo de 2012 que adjunta”.

Sostiene que la actitud de la accionada lesiona y restringe derechos constitucionales en forma actual e inminente, ante la perspectiva de serle aplicado el artículo 119 de la Ley 679, que prevé el pase a retiro con o sin goce de haberes según corresponda, desoyendo recomendaciones vinculantes de la Junta Médica, que –según aseguró- aconsejó el reintegro al servicio con adecuación de tareas en un lugar de baja conflictividad y en áreas próximas a su domicilio.

.Por su parte, el jefe de Policía, Ariel Gallinger refirió que el suboficial es empleado policial en actividad, ostentando actualmente la jerarquía de cabo primero del agrupamiento Seguridad – Escalafón General, con servicios en la Comisaría 21 de General Roca, a la que “inasiste desde el 3 de octubre de 2011, sin haberse aún reintegrado”.

Explicó que por ese motivo se dispuso el pase a situación de pasiva a partir del 5 de octubre de 2011. (ADN)