Jueza declaró en estado de abandono y adoptabilidad a nena de 4 años
Viedma (ADN).- La jueza de Familia de Viedma, Sandra Filipuzzi de Vázquez declaró en estado de abandono y de adoptabilidad a una nena de cuatro años, cuya madre –menor de edad cuando la tuvo- la descuidó totalmente, por lo cual fue declarada su rebeldía ante la Justicia de Río Negro.
El caso está contenido en una extensa resolución judicial, conocida el 31 de diciembre pasado. Ahora, la menor podría ser adoptada por una familia, en condiciones favorables para su completa integridad.
Las actuaciones se iniciaron cuando una defensora de menores e incapaces inició una demanda para que se declare judicialmente el abandono y adoptabilidad de la nena.
Junto con su madre fue internada en el año 2009 en el CAINA La Casita, de Sierra Grande, cuando apenas tenía unos meses, como parte de la intervención de la Justicia en el caso.
La medida tuvo en cuenta el grado de desprotección en que se encontraba la madre (por entonces menor de edad) y su pequeña hija, debido a “la actitud abandónica y reticente” de la abuela, quien “se desentendió totalmente de su rol materno”, respecto de la mamá de la nena, quienes afrontaron “un estado de vulnerabilidad y grave riesgo, solas y sin ningún tipo de cuidado o atención, pese a los múltiples intentos e intervenciones del organismos proteccional”.
Durante el año 2010, la nena sufrió una grave enfermedad, que obligó a trasladarla al hospital de Viedma y luego al Garrahan, de Buenos Aires.
La situación de desprotección de la nena siguió aún cuando su madre adquirió la mayoría de edad, hasta que en enero del 2012 se distanció progresivamente de su pequeña hija y “rechazó las alternativas propuestas por el organismo proteccional.
Concluyó que “todos los intentos de solucionar la situación de la niña en el ámbito de la familia se ha visto frustrado ante la negligencia y abandono de su progenitora, por lo que el organismo técnico proteccional sugirió buscar una familia que pueda contener y albergar a la menor y brindarle cuidados especiales que requiere para garantizar el derecho a permanecer en un ámbito familiar”.
En otra parte de la extensa resolución judicial, se reiteró que “la progenitora presenta serias dificultades de hacerse cargo de sus funciones maternas, evidenciando un paulatino desinterés respecto a la niña, no solo en la cuestión afectiva, sino en los cuidados paliativos que hacen al tratamiento de la enfermedad que padecía” la menor (ADN)