Jueces decretan “impasse” en sanción a una bioquímica
Roca (ADN).- La sanción que le impuso el Colegio de Bioquímicos de Río Negro a una profesional del sector, lo cual le trajo aparejada la disminución de su actividad, llevó la cuestión a los estrados judiciales. Este mes, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca consideró prudente mantener la medida cautelar que presentó la sancionada ante la medida en su contra, que incluyó el apartado de la lista de prestadores. Contra la resolución de primera instancia que hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la bioquímica P. S. y ordenó la suspensión de los efectos de la sanción que se le impuso mediante resolución 01/2011 del Colegio de Bioquímicos de Río Negro, esta entidad formuló objeciones.
El Colegio de Bioquímicos se quejó porque el Tribunal mandó suspender la ejecución del acto administrativo, adoptado en el año 2011, por el cual se excluyó a P.S. del listado de prestadores.
La entidad argumentó que se trata de un ente público no estatal que válidamente puede emitir actos administrativos en el marco de la ley de procedimientos de la provincia N° 2938 y reafirmó que tiene atribuciones para decidir dar de baja de la lista de prestadores a profesional colegiada. Esas expresiones –y otras- fueron rebatidas por la bioquímica.
Según el expediente, la afectada por la exclusión de la lista de prestadores dio razones y fundó la suspensión de los efectos del acto impugnado en la disminución de trabajo que le provoca su aplicación, describiendo que más del 50 por ciento de su facturación se realiza a través del Colegio de Bioquímicos.
Por su parte, los jueces de la Cámara roquense estimaron prudente mantener la medida cautelar tal lo dispuesto por un magistrado, hasta tanto se resuelva el pleito en trámite por un especifico expediente. (ADN)
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