Se abrió la temporada de caza deportiva 2013

Viedma.– La Dirección de Fauna Silvestre, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, informa a la comunidad que se ha declarado abierta la Temporada de Caza Deportiva 2013 en todo el ámbito de la provincia de Río Negro.  

En relación con la caza menor, entre el 1 de mayo y el 31 de julio del corriente año podrán cazarse las siguientes especies: paloma torcaza, perdiz chica y liebre europea, con cupos diarios de 10 piezas por cazador, mientras que la codorniz o perdiz californiana, el conejo silvestre y el visón silvestre podrán ser objeto de caza durante todo el año y sin cupo diario por cazador, por tratarse de especies exóticas.

En cuanto a la caza mayor, que está habilitada durante todo el año para el caso del jabalí y del ciervo colorado debido al alto impacto ambiental que provocan, se estableció un cupo de un ejemplar por día y por cazador.

Por último, entre el 10 de marzo y el 31 de agosto de 2013 está habilitada la temporada de “Caza Deportiva de Jabalí con Perros”, con un cupo de una pieza por día y por cazador, para lo que se podrá utilizar una jauría con un máximo do ocho canes por grupo de caza y por campo.

Cabe señalar que los cazadores deportivos deberán cumplir con los requisitos legales en vigencia para la tenencia y transporte de las armas de fuego que utilicen para la práctica de la actividad, como así también contar con la documentación personal e intransferible consistente en la licencia y permiso de caza otorgados por la Dirección de Fauna Silvestre, el formulario C-01 DFS, referido a la autorización escrita  certificada del propietario del predio en el que se llevará a cabo la actividad.

En el caso particular de la “Caza Deportiva de Jabalí con Perros”, además de la documentación detallada anteriormente, se deberá poseer  el certificado de tratamiento antiparasitario, el certificado nacional de vacunación antirrábica y el certificado nacional de salud de los perros, además del certificado de inscripción en el Registro Provincial específico para este tipo de práctica y el formulario C-02 DFS referido al ingreso y egreso al predio de caza, debidamente intervenido por la Delegación Policial más cercana.

Se le recuerda a la comunidad que está prohibido cazar con luz artificial, fuera del período de luz natural, con excepción de la caza mayor al acecho; la utilización de armas de fuego bajo condiciones de adversidad climática que reduzcan la visibilidad y tornen peligroso su uso; circular en vehículos por caminos de uso público con armas de fuego cargadas y desenfundadas y la caza en pobladas.

También está prohibida la comercialización de los productos y subproductos obtenidos mediante la práctica de la caza deportiva y está expresamente prohibido cazar ejemplares de toda especie que no estén expresamente contempladas en la normativa vigente, además de realizar acciones cuyo objetivo sea disminuir o destruir la protección, entre las restricciones más importantes previstas en la disposición.

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable advierte y recuerda que las infracciones a las disposiciones legales en la materia serán sancionadas con multas y con el secuestro y el decomiso de los animales objetos de la infracción, vivos o muertos, sus productos y subproductos y las armas utilizadas.

PE