Desacertado e improcedente ● Centro Cívico Viedma PPR

Así debemos calificar el proyecto de declaración del Bloque de la Concertación en contubernio con algunos miembros del FPV sobre el pronunciamiento del Tribunal Electoral sobre el denominado caso “Grandon”.

El mismo tiene por único fin apretar a los jueces que deben tratar el recurso pendiente en una ostensible violación de la división de poderes que afecta el principio republicano de gobierno.

Los titulares de los bloques del Frente para la Victoria y de la Concertación para el  Desarrollo olvidan que Carlos Soria fue el representante judicial de la dictadura militar desde el año 1978 (Poder nª 03/78 de la Fiscalía de Estado), que el hoy Senador Pablo Verani fue Director de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Rentas en 1982  (decreto nº 204/82 ) y que el actual intendente de Viedma, Jorge Ferreira, fue nombrado por vía de excepción en el Ministerio de Agricultura en 1982.

Resulta entonces llamativo que los legisladores que firman este proyecto de declaración solo se preocupen por el tema Grandón y no por el resto de los funcionarios que han ocupado y ocupan cargos en el gobierno provincial siendo que también fueron funcionales a la dictadura.

Por otro lado creemos que los presidentes de ambos bloques, siendo oriundos de Viedma, deberían preocuparse  por la delicada situación institucional que se vive en el seno del Concejo Deliberante de Viedma, ante la grave alteración de las composiciones de las mayorías producto de la ausencia de nuestro Partido, en una virtual proscripción.

En efecto, en una verdadera maniobra antidemocrática no sólo se ha impedido la asunción de un concejal elegido por el pueblo, sino que en una desarmonizada e interesada interpretación de la Carta Orgánica, donde tampoco se ha dejado asumir al concejal suplente, se ha impedido que el Partido Provincial Rionegrino tenga participación en el cuerpo colegiado, burlando definitivamente el voto popular.

A pesar que se está contrariando en forma flagrante los arts. 37 y 38 de la Constitución Nacional, arts. 37 y 212 inc. 2 de la Constitución de Río Negro y la ley 2431 , en una señal de prudencia no hemos querido judicializar aún más esa institución comunal y esperábamos serenos el fallo sobre Grandón.

Pero ante este proyecto de Declaración cuyos únicos destinatarios son los jueces que deben intervenir en el causa, debemos denunciar esta absoluta anormalidad para que no tome desprevenida a toda la sociedad.

Exigimos la inmediata incorporación al concejo municipal del concejal del PPR.

 

Centro Cívico Viedma

Partido Provincial Rionegrino