UCR planteó inconstitucionalidad de algunos artículos de ley de reforma judicial
Viedma.- Las autoridades del Comité Central de la UCR Río Negro presentaron hoy ante la Justicia Federal un pedido de declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la ley 26.855 que prevén la elección por medio del sufragio universal de candidatos a consejeros del Consejo de la Magistratura.
Asimismo, presentaron una medida cautelar requiriendo la suspensión de la convocatoria a elecciones primarias y a elecciones generales para definir los académicos, científicos y los representantes de los jueces y de los abogados de la matrícula federal del Consejo de la Magistratura de la Nación, previstas para el 11 de agosto y el 27 de octubre de 2013, respectivamente.
Asimismo, la presentación realizada por la presidenta del Comité, María Inés García, con el patrocinio letrado de Gabriel Savini, solicita se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2º, 4º, 18º y 30º de la Ley 26.855 y del decreto 577/2013, y, en consecuencia, se disponga la nulidd y se deje sin efecto la convocatoria a elecciones primarias para definir los candidatos a representantes de los jueces del Poder Judicial de la Nación, de los abogados de la matrícula federal y de los académicos y científicos del Consejo de la Magistratura de la Nación, como así también la convocatoria a elecciones generales para tales representantes.
Asimismo, subsidiariamente para el caso que no se declarara la inconstitucionalidad de los artículos impugnados, se solicitó se declare inconstitucional el artículo 18 de la Ley 26.855 en cuanto dispone que a los fines de la adhesión de los cuerpos de boleta de la categoría de consejeros del Consejo de la Magistratura con la de legisladores nacionales en cada distrito, se requiere la comprobación de la existencia que en al menos 18 de los 24 distritos, esta adhesión se realiza exclusivamente con agrupaciones de idéntica denominación.
En la presentación se argumenta que las normas impugnadas alteran de un modo inconstitucional la forma en que los partidos políticos pueden postular candidatos a cargos electivos, y modifican las legítimas expectativas de aquéllos para presentarse a las elecciones, conformando o no alianzas de acuerdo a estrategias adoptadas libremente. De esta manera, las mismas provocan en la Unión Cívica Radical un agravio directo, personal y específico que la legitima a interponer una acción judicial al respecto.
“Como quedará plenamente demostrado a lo largo de esta demanda, las normas cuestionadas, concebidas para asfixiar la independencia judicial, procuran utilizar a los partidos políticos como vehículos de ese propósito, para politizar y partidizar a la Justicia, objetivo que no sólo es palmariamente inconstitucional sino que vulnera los fundamentos mismos de la Unión Cívica Radical, plasmados en su Carta Orgánica y en todos los documentos que emitió desde su fundación hace más de ciento veinte años en defensa del sufragio libre, de los valores republicanos y del federalismo”, se añade en los argumentos esgrimidos por la UCR rionegrina.
Se sostiene además que “los partidos políticos tienen, además, una legitimación genérica para la defensa de los intereses generales de la sociedad”.
En tal sentido, la presentación realizada hoy por María Inés García sostiene que la normativa impulsada por el Gobierno Nacional viola el principio de independencia de los jueces que tiene por finalidad asegurar que los jueces, en el ejercicio de su actividad jurisdiccional, puedan hacerlo en forma imparcial y en un todo de acuerdo a lo que manda la Constitución Nacional y las leyes de la Nación.
Se explica de esta manera que “las reformas introducidas por la 26.855 en la composición del Consejo de la Magistratura de la Nación; en el sistema de elección de los representantes de los jueces y de los abogados de la matrícula federal; en la cantidad y forma de integración de los académicos y científicos; y en las mayorías requeridas para la aprobar los concursos y remitir al Poder Ejecutivo las ternas vinculantes de candidatos a magistrados, aplicar sanciones disciplinarias y suspender a los jueces, dañan irreparablemente la independencia externa del Poder Judicial de la Nación, afectando así el sistema republicano de gobierno y el Estado constitucional de derecho”.