Jueces rechazan apelación del CPE en demanda por accidente de un alumno
Roca/Viedma (ADN).- Los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca rechazaron la apelación que presentó el Consejo Provincial de Educación contra un fallo judicial que hizo lugar parcialmente a la demanda de la madre de un alumno de la Escuela Nº32, que hace cuatro años tuvo un accidente en el establecimiento educativo. A través del fallo se condenó al CPE y a la Aseguradora Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA a pagar a la madre $ 40.000, más costas del juicio.
La demanda se originó en el accidente sufrido por el menor José M. C., alumno regular de la Escuela N° 32 de Roca, el 3 de abril de 2008, cuando intentando colgarse de un travesaño de arco, cayó y golpeó su cabeza del lado izquierdo contra el cemento.
El accidente le produjo a chico la pérdida de audición del oído izquierdo y, por eso, los especialistas estimaron una incapacidad del 43,4 por ciento de dicho oído.- La madre del alumno invocó la responsabilidad del establecimiento educacional por omisión de su deber de seguridad y reclamó $ 70.000 por incapacidad sobreviniente, $ 60.000 por daño moral y $ 30.000 por daño psíquico.
Pero, la provincia de Río Negro negó los hechos invocados y manifestó que se ha configurado la eximente de caso fortuito, mientras que Horizonte reconoció la cobertura, pero negó también los hechos aludidos en la demanda.
En el fallo se aludió a la prueba testimonial de una docente testigo que declaró en la causa y de la que surge que “no era imprevisible que ocurriera en algún momento un accidente”.
Respecto de las indemnizaciones, se hizo lugar a la incapacidad sobreviniente en la suma de $ 15.000 por daño moral y fijando la suma indemnizatoria en $ 25.000, pero se rechazó el daño psíquico aducido por no encontrarse acreditado. En consecuencia, la demanda prosperó por $ 40.000, con costas. (ADN)