Procesan a tres ex funcionarios en causa de pasajes oficiales
Viedma (ADN).- Tres ex funcionarios del entonces Ministerio de Familia de Río Negro fueron procesados por la Justicia por presuntas irregularidades en la emisión de órdenes oficiales expedidos a distintos destinos.
La medida fue adoptada por el juez penal Favio Igoldi, según se informó esta mañana, y recayó sobre Dante Sartor (23 hechos) y Marcela Rossio (27 hechos) por considerarlos autores penalmente responsables del delito de “administración fraudulenta agravada por resultar en perjuicio de una administración pública en forma continuada en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
Además, el magistrado les dictó falta de mérito, sin perjuicio de proseguir con la investigación, en cinco hechos y también procesó a Ricardo Prati por los mismos delitos (9 hechos).
En todos los casos, se investiga la emisión de ordenes oficiales de pasajes expedidos en el ámbito del Ministerio de Familia Río Negro a distintos destinos, mientras los imputados se desempeñaban como director general de Despacho y Subvenciones; directora general de Administración y secretario de Promoción y Desarrollo Social, respectivamente.
Consideró Igoldi que “a la luz de las constancias probatorias reunidas en la presente investigación y con el alcance de esta etapa preparatoria, tanto la materialidad del hecho, la autoría y la responsabilidad de los sometidos a proceso estarían acreditadas por lo tanto corresponderá decretar sus procesamientos.”
Detalló que en un informe se describe como funcionaba el procedimiento administrativo utilizado para otorgar las órdenes oficiales de pasajes en el Ministerio de Familia y entre las observaciones más importantes, resaltó que en diversos casos imputados, tanto la nota de solicitud como la declaración jurada de parte del solicitante, no se incluyen e inclusive, en algunos casos falta, la fotocopia del documento de los beneficiarios de las órdenes de pasajes”.
Sostuvo que “de esto claramente tuvieron un accionar los imputados al emitir y ordenar pagar sin contar con documentación respaldatoria que acredite la legalidad de dichas emisiones”. (ADN)
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