Un choque automovilístico más: demanda y condena a pagar $19.890

Cipolletti (ADN).- La Justicia civil de Cipolletti hizo lugar parcialmente a la demanda que formuló un automovilista contra otro que lo chocó de atrás a fuerte velocidad y lo condenó a éste y su seguro a pagar $19.890 por el accidente.

Inicialmente, la demanda económica fue de $ 42.890, en concepto de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito sucedido el 8 de noviembre de 2009, a las 9, mientras el denunciante se encontraba detenido reglamentariamente al comando de su vehículo marca Chevrolet Corsa en la intersección de las calles Villegas y Roca, esperando que el semáforo habilitara su paso, en sentido de circulación Este-Oeste, de la ciudad de Cipolletti.

El afectado relató que en esas circunstancias un vehículo Ford Transit que venía circulando a exceso de velocidad al comando del demandado y por la misma calle, lo embistió desde atrás, provocando que su automóvil impactara contra el semáforo, arrancándolo de su sitio y culminando la trayectoria contra un locutorio existente en la encrucijada de calles.

Alegó que su automóvil sufrió graves daños, que detalló y cuantificó, adjudicando como causal “la desaprensiva forma en la que conducía el demandado” y en consecuencia la total responsabilidad en el evento dañoso.

Reclamó por gastos de reparación $ 8700; por privación de uso, de acuerdo a la utilización habitual que de un automóvil se aprovecha, solicitó la suma de $3.000 ($100 por 30 días) y además denunció que lo explotaba como taxi, solicitó $19.500 como lucro cesante a razón de las ganancias que afirmó dejó de percibir por el lapso de 30 días que dejó de facturar lo que dice ganar diariamente ($650 por 30); por pérdida del valor venal pidió $5.000; totalizando el monto reclamado $42.890.

Por su parte, el demandado solicitó el rechazo de la demanda, negando de modo general y particular y si bien reconoce el accidente denunciado y sus circunstancias de tiempo y lugar, brindó una distinta versión de los hechos.

En ese sentido, alegó que fue otro vehículo el que generó el siniestro, por haber frenado de manera brusca y repentina y de manera antirreglamentaria a su vehículo, cinco metros antes de la esquina sin que el semáforo se encontrara en rojo. Ante tal maniobra indicó que pese a haber aplicado los frenos, no pudo evitar la colisión con la parte trasera del Corsa provocándole una abolladura, que calificó de “leve” en la tapa del baúl. En subsidio impugnó los daños, restándoles entidad, ofreció prueba y solicitó el rechazo de la acción, con costas.

Un juez civil refirió que un testigo del hecho, que circulaba por la calle Villegas, aseguró que el semáforo le habilitaba el paso a él, deduciéndose así que estaba en rojo para quienes lo hacían por la calle Roca, que la cruza formando esquina, es decir que corroboró la versión del denunciante y justificó su detención en la calzada, “detrayendo fuerza al relato intentado por el accionado que alegó no alcanzar a frenar por la manera “brusca, repentina” y “antirreglamentaria” en que se detuvo el conductor del Chevrolet embestido”.

A su turno, un perito accidentológico, indicó que el vehículo que violentó las márgenes de seguridad fue el del embistente demandado, determinando que conducía a una velocidad que no se ajusta al correcto dominio de la unidad. “Claro que también informó que al no poder contar con las evidencias físicas o indicios del lugar del accidente, no permite establecer con mayores detalles elementos tales como las velocidades de los móviles al momento del impacto. No obstante, ello no alcanza a desvirtuar la convicción a la que se arriba de acuerdo a los restantes elementos ponderados”.

“De los hechos comprobados, conjugados con las presunciones legales, me inclino por acordar razonabilidad a la descripción que trae el actor (quien formuló la demanda) en sustento de su reclamo”, expresó el juez en un reciente fallo. (ADN)

 

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