Justicia no indultará a tres presos, por informes desfavorables

Viedma (ADN).- Dos reclusos condenados por homicidio y otro por lesiones graves, que intentaron acceder al beneficio de indulto, recibieron informes desfavorables por parte del Superior Tribunal de Justicia y, por eso, seguirán alojados en cárceles.

Juan Carlos Huenchulao (32), de San Carlos de Bariloche, está actualmente internado en el Establecimiento de Ejecución Penal Nº 1 de Viedma. Fue sentenciado el 14 de abril de 2008 por la Cámara en lo Criminal de San Carlos de Bariloche a 10 años de prisión por el delito de homicidio simple.

Aún cuando tiene buenos antecedentes en la cárcel, desde el Tribunal barilochense se consideró que no es apropiada la rebaja de pena que el condenado solicitó, basándose en “el público y notorio e ineficaz funcionamiento de los establecimientos carcelarios que no cumplen con las exigencias del artículo 18 de la Constitución Nacional”.

Entre otras consideraciones, el STJ indicó que “la opinión para el presente informe habrá de ser negativa, en tanto no se evidencia en el caso, la excepcionalidad fundada en circunstancias debidamente justificadas”.

Por otra parte, Horacio Alejandro Luengo permanece en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 3de Bariloche, porque fue sentenciado el 29 de noviembre de 2010 por la Cámara Primera en lo Criminal. Con similares argumentos se le denegó el beneficio del indulto.

Finalmente, está el caso Gustavo Daniel Mora, quien tiene el beneficio de la libertad condicional.
El 27 de noviembre de 2008 la Cámara Primera en lo Criminal de San Carlos de Bariloche, en el expediente N° D1-2008-0045, lo condenó por considerarlo autor del delito de daño y lesiones graves en concurso real a tres años de prisión y en el mismo fallo se le impuso la pena única de seis años y tres meses de cárcel. Mora agotará la pena el 21 de mayo de 2014.

En el informe socio ambiental se observó que durante la entrevista realizada a Mora “expresó con angustia la dificultad para conseguir trabajos estables que le permitan hacer frente a las necesidades básicas del grupo familiar dada su situación judicial actual”.

En relación a la situación vincular actual, el dictamen consignó que “se evidencia la existencia de contención que obra como sostén y permite comunicación. Respecto al proceso de reinserción social y laboral, se observa que ha sido positivo no habiéndose detectado indicadores que visibilicen posibilidades de reincidencia”.

El dictamen de la comisión evaluadora detalló que el solicitante cumple con las pautas fijadas al momento de la obtención del beneficio de libertad condicional, con lo cual refieren la adquisición de herramientas en el proceso de reinserción en los ámbitos laboral, familiar y social y concluyó que de los datos recabados y teniendo en cuenta la evolución del solicitante, se dictaminó en forma favorable.

Sin embargo, el STJ consideró que “no es apropiada la rebaja de pena que el condenado solicita basándose en el público y notorio e ineficaz funcionamiento de los establecimientos carcelarios que no cumplen con las exigencias del art. 18 de la Constitución Nacional”. (ADN)

 

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