Maximización del beneficio o cómo vender a tres lo que vale uno. ● Enrique Minetti
Comencemos diciendo que se trata de un concepto usado en Microeconomía y teoría económica.
Es la tendencia que guía las decisiones de las empresas, los empresarios y los propietarios del capital impulsándoles a obtener el máximo beneficio. Un supuesto fundamental de la Teoría Neoclásica-marginalista es que todas las empresas buscan la maximización de sus beneficios, en la Argentina también.
La mayoría de los economistas considera a la empresa como una unidad única en la toma de decisiones, esto elimina el problema del comportamiento de las relaciones entre empleados y propietarios del capital. Este enfoque supone que las decisiones de las empresas las toma un solo gerente dictatorialmente que persigue racionalmente un objetivo, la maximización de los beneficios económicos de la empresa.
Si el objetivo de las empresas es lograr los mayores beneficios económicos posibles, por definición, se desea que la diferencia entre los ingresos totales y los costos económicos totales sea lo mayor posible, aquí se utiliza el concepto económico de costo-beneficio.
Se supone que la maximización de los beneficios económicos es el objetivo fundamental que motiva las decisiones de la empresa. Cuando las empresas son maximizadoras de beneficios toman decisiones de una manera marginal. El gerente-propietario ajustará las cosas que pueden controlarse hasta que sea imposible incrementar más los beneficios. Por ejemplo, el gerente observa el beneficio incremental (marginal) de producir una unidad más o el beneficio adicional de contratar un trabajador adicional. Cuando el beneficio marginal llega a cero, el gerente ha llevado la actividad demasiado lejos y no es posible ir más allá.
La decisión básica que debe tomar cualquier empresa responde a la pregunta ¿cuánto producimos? La respuesta a esta pregunta está relacionada con el precio al que puede vender la mercadería, que determina los ingresos de la empresa y con el costo de producción. El empresario que toma las decisiones de producción, lo hace de forma tal que dado el precio vigente en el mercado, y teniendo en cuenta sus costos de producción, el beneficio que obtenga, sea el máximo posible.
El concepto es entendible y hasta razonable, la función del empresario es ganar plata y cuánto más sea ésta mejor. Traduciendo los conceptos teóricos anteriores a criollo básico podemos decir que la maximización del beneficio consiste en lo siguiente: un productor de galletitas está vendiendo el paquete a 10 y la gente le compra 100 unidades al mes. Al mes siguiente lleva el precio a 12 y sigue vendiendo 100 unidades.
Al mes siguiente aumenta el precio a 15 y continúa vendiendo 100 unidades. El próximo mes incrementa el precio a 18 y vende 95. Entonces, detiene el incremento del precio hasta que la gente (también llamada el Dios Mercado) vuelva a consumir 100 paquetes de su producto. Entonces pensará en volver a aumentar nuevamente el precio.
Tal la maximización del beneficio que para algo existe y que para algo, también, la enseñan en las Universidades y que tanto economista vernáculo pregona por doquier en cuanto programa de televisión o de radio sean invitados por un canal, emisora o diario que ¡oh caramba! resulta ser de un socio o accionista de la fábrica de galletitas.
¿Hasta dónde puede o debe llegar el incremento del beneficio? ¿Debe existir algún límite o éste está sólo dado por la codicia? ¿Importa tener en consideración algún tipo de responsabilidad social empresarial? ¿La actividad de la empresa debe guardar alguna relación de armonía y respeto con quienes la integran y con quienes serán los consumidores y compradores del producto? ¿Importa el contexto social en el cual la empresa produce? ¿Se debe considerar el nivel de ingresos de los compradores? ¿Se tiene en cuenta al fijar los precios las “ventajas colaterales” introducidas por el Estado para facilitar la producción, tales como rutas, vías férreas, puentes, energía, agua, combustible, subsidios, valor de la moneda, préstamos, asesoramiento técnico (v. gr. INTA), la posibilidad de sustituir importaciones, es decir, fabricar acá lo que de lo contrario hay que comprarlo en el extranjero más caro y sin crear un solo puesto de trabajo más, la gestión para que los empresarios nacionales puedan exportar su producción, formación gratuita de profesionales en las Universidades Nacionales que laboran en las empresas, etc. etc?.
¿O la maximización del beneficio es un concepto que prescinde de esas variables y se aplica a rajatabla cualquiera sean las consecuencias sociales, políticas y económicas que produzca?. Tal como lo postula en un conocido, controvertido y muy citado artículo Milton Friedman donde plantea con toda claridad cuáles, a su entender, debían ser los intereses de las corporaciones que sus agentes deberían defender, afirmando que “la responsabilidad social de las empresas es incrementar sus beneficios”. Y punto. Hay también que tener en cuenta que, dada la revista en que fue publicado el artículo, su extensión y el público al cual se suponía dirigido, Friedman, sin duda, sólo debe haber pretendido que el artículo fuera de divulgación y no que se convirtiera en la suerte de Biblia en que sus seguidores lo han convertido.
En los setenta una controversia sobre los alcances de la Responsabilidad Social de las Empresas (RSE) tuvo como exponentes más destacados, en posiciones contrapuestas, a M. Friedman y K. Arrow. En los ochenta surge la propuesta de responsabilidad ampliada de las empresas hacia los stakeholders: trabajadores, clientes, proveedores, comunidades y accionistas. En los noventa se acepta la necesidad de la RSE como estrategia competitiva de la empresa. Se han distinguido cuatro componentes de la RSE: responsabilidad legal, responsabilidad ética, responsabilidad económica y responsabilidad filantrópica. Mientras en Estados Unidos predomina el modelo filantrópico, el Libro Verde de la CEE apunta a fomentar en Europa los negocios realizados en forma socialmente responsable. Existen numerosos instrumentos cuyo objetivo es integrar la RSE a los negocios pero, ciertas evidencias y casos, plantean dudas respecto del real compromiso de las empresas con la RSE y denotan una brecha entre los principios y las acciones.
Las propuestas de Friedman predominaron por casi dos décadas en el pensamiento de los dirigentes de empresas y en la mayoría de los escritos de los economistas académicos. Sin embargo, en esos años la cuestión de la responsabilidad social dio lugar a un sostenido debate, aunque el mismo estuvo restringido al ámbito académico. Pocos años después de la publicación del artículo de Friedman, Kenneth Arrow, quien luego también obtendría el Premio Nobel, rechaza el argumento de Friedman respecto de que la única responsabilidad social de las empresas debe ser maximizar beneficios ya que el mismo tendría alguna validez sólo en el caso de mercados competitivos. En mercados imperfectos, sobre todo en el caso de monopolios, no existe justificación social para la maximización de beneficios. Pero Arrow señala que, no podrían ignorarse dos categorías de efectos cuya presencia implicaría que la regla de maximización de beneficios habrá de resultar socialmente ineficiente. El segundo caso se presentaría cuando existen desniveles de conocimientos, o información asimétrica, entre el vendedor y el comprador en el mercado. En ambas situaciones Arrow señala que resulta deseable la presencia de cierta idea de responsabilidad social, sea ella “ética, moral o legal”. Dado que entiende que dicha idea no habrá de surgir por sí misma, considera conveniente institucionalizar dicha responsabilidad social a través de regulaciones, impuestos, normas legales o códigos de ética.
En el trabajo de Arrow ya están presentes los fundamentos del concepto de “responsabilidad social de las empresas” (RSE) que tan amplia difusión ha tenido a partir de la década del noventa. Pero, casi simultáneo con el artículo de Friedman, había aparecido un trabajo de Melvin Anshen quien, al observar el surgimiento de nuevas presiones y demandas dirigidas a las empresas, infería que la sociedad se estaba dirigiendo hacia una redefinición del rol y responsabilidad de las empresas privadas.
Ello podía ser también visto como una demanda para un nuevo conjunto de relaciones entre las empresas, los gobiernos, las organizaciones no económicas y las personas. En otras palabras un cambio en lo que los filósofos y los teóricos de la ciencia política han denominado “el contrato social”.
Para Anshen estaba muy clara la vigencia de un contrato social implícito entre las empresas y la sociedad. De acuerdo con el mismo la sociedad establecería las normas que estructuran los objetivos y responsabilidades de las empresas de conformidad con los intereses sociales prevalecientes. Si en el pasado estos intereses se centraban en el logro de un rápido crecimiento económico, visto como fuente de todo progreso, en el presente tales intereses se orientarían más hacia mejoras en la calidad de vida y en la preservación del medio ambiente. En este caso ya no resultaría adecuado manejarse con los costos privados cargando a la comunidad con los costos sociales. De este modo debería producirse una modificación del contrato social implícito que se manifestase, entre otras cosas, en una internalización de los costos sociales que deberán jugar un rol de importancia en los análisis de costo beneficio que realicen las empresas.
Ello habría de implicar una redefinición de la naturaleza y alcances tanto de la responsabilidad del management como del concepto de beneficios.
Anshen veía ciertamente muchas dificultades para lograr, por lo menos en esos años, una implementación efectiva de los cambios que esa nueva orientación habría de requerir. Sobre todo si, como era razonable, la empresa debía retener su natural orientación hacia la búsqueda de beneficios.
Pocos años más tarde el profesor Keith Davi reconocía que, como consecuencia de los debates y controversias que se habían venido produciendo, la opinión pública en forma creciente estaba planteando demandas de tipo social a las instituciones, en particular a las empresas. En relación con las mismas sostenía que “la responsabilidad social se deriva del poder social” que detentan las corporaciones que con sus acciones están afectando los intereses de otros sectores de la sociedad. En consecuencia, “responsabilidad social” significaría, en el pensamiento y propuestas de K. Davis, que el responsable de tomar decisiones corporativas no sólo debe servir los intereses propios de la empresa sino que también debe proteger y mejorar los intereses de la sociedad en la que opera. Tal como lo planteaba Anshen, también para Davis muchas de las cuestiones relativas a la responsabilidad social de las empresas se centraba en la cuestión de los costos sociales.
A pesar de estos interesantes aportes, el debate pareció quedar restringido al ámbito académico y las propuestas de Friedman siguieron predominando en el mundo de los negocios. Es en los ochenta cuando surge con fuerza una muy influyente propuesta de un punto di vista ampliado de la responsabilidad corporativa hacia los llamados stakeholders. Los análisis derivados del mismo proveyeron un sólido fundamento para el resurgimiento en los noventa del concepto de responsabilidad social de las empresas (RSE), ahora ya no restringido a la sola consideración del mundo académico sino planteado como parte de la estrategia competitiva de las empresas.
De acuerdo con ese punto de vista se sostiene que los directivos empresarios en su toma de decisiones no sólo deben tener en cuenta los intereses de sus accionistas sino también deben considerar todos los grupos que también tienen algún interés en la corporación. Estos grupos se denominan stakeholders. Son ejemplos de stakeholders los trabajadores, los proveedores, los clientes, los acreedores, los competidores, el gobierno y la comunidad y, por supuesto, los accionistas que deben ser vistos como un grupo más aunque con una muy particular relación con la empresa.
Esta propuesta de responsabilidad ampliada de las empresas puede fundarse en varias teorías de la ética normativa. Pero es interesante observar que puede plantearse una suerte de convergencia entre la propuesta del utilitarismo de alcanzar “el mayor bien para el mayor número” y la formulación del imperativo categórico de Kant que sostiene que debe tomarse siempre a la humanidad como un fin y nunca como un medio.
Vinculado con el tema de la responsabilidad ampliada hacia los stakeholders ha surgido con fuerza el nuevo concepto de la “responsabilidad social de las empresas”. Y muchos de los análisis realizados parecen ser respuestas a los puntos presentados en el artículo de Friedman. También este nuevo enfoque rechaza lo sostenido por Friedman en otro trabajo respecto de que las controversias entre los economistas se referían sobre todo a medios ya que no habría tanta divergencia respecto de los fines. Aceptar la vigencia de la responsabilidad social de las empresas ha generado una muy vigorosa polémica acerca de los fines de las mismas.
El significado más aceptado de la RSE se refiere al “logro del éxito comercial de modo que se respeten los valores éticos, la gente, las comunidades y el medio ambiente”. Los autores distinguen cuatro componentes de la responsabilidad social. El primer componente, fundamental para toda actividad empresaria, es la responsabilidad legal. Es mediante el sistema legal que la sociedad obliga a las empresas a seguir una conducta aceptable.
El segundo componente corresponde a la responsabilidad ética, que obliga a las empresas a cumplir con un comportamiento aceptable hacia los stakeholders. Es decir, hacer lo correcto, lo justo y lo equitativo más allá de lo que la ley requiere.
El tercer componente corresponde a la responsabilidad económica y se relaciona con la forma en que están distribuidos dentro de la sociedad los recursos para la producción de bienes y servicios a fin de maximizar la riqueza de los stakeholders, que incluyen, por supuesto, los shareholders. Caen dentro de este concepto las cuestiones referidas a la regulación de la competencia, la protección del ambiente, la protección de los consumidores así como todos los problemas vinculados con el mundo del trabajo
Finalmente, el último componente corresponde a la responsabilidad filantrópica que se refiere a las contribuciones de las empresas a la calidad de vida y al bienestar de la comunidad en la que operan. Este tipo de responsabilidad corresponde a aquellas conductas y actividades que la sociedad aprueba y desea. Actividades de beneficencia y voluntariado corresponden a este tipo de responsabilidad.
También se han señalado tres nuevas perspectivas en materia de responsabilidad social de las empresas. La primera se refiere a la creciente importancia que ha adquirido el “capital de reputación” para capturar y retener mercados. En este sentido la RSE representaría una nueva estrategia de negocios. La segunda perspectiva es la eco-social que se basa en el reconocimiento del hecho de que la estabilidad y sostenibilidad del ambiente son prerrequisitos para poder sostener el mercado en el largo plazo y la RSE representaría tanto un valor como una estrategia. Un valor porque enfatiza el hecho de que tanto las empresas como los mercados deben tender al mayor bienestar de la sociedad y una estrategia porque ayuda a disminuir las tensiones sociales y a facilitar la actividad en los mercados. Con estos fines presentes es claro que resultaría imposible limitarse a la mera maximización de beneficios. Dentro de este enfoque se considera que el objetivo debe ser la “optimización de los beneficios” más que la “maximización de los beneficios”. .
Finalmente la tercera es una perspectiva de RSE basada en los derechos que tienen los stakeholders, que incluyen a los shareholders, de conocer acerca de las corporaciones y sus negocios. Es cierto que las empresas son privadas pero su supervivencia depende de los consumidores que compran sus productos, de los trabajadores que los producen y de los inversores que facilitan el capital para ello. Y, también habría que añadir, de la sociedad que permite las reglas y estructuras para que todo ello sea posible.
Existen otras propuestas que tendrían como objetivo presentar instrumentos para integrar la RSE a los negocios o para identificar el cumplimiento de directivas tendientes al logro de tal integración.
Una conclusión general que puede derivarse de dichos trabajos es que aún no existe una arraigada conciencia de la RSE entre el empresariado argentino, y entre la población en general, aunque aparece claro que los funcionarios de las empresas tienen un conocimiento bastante avanzado del concepto. Si bien se acepta que en el presente hay un creciente interés en actividades vinculadas con la sociedad y con los stakeholders, en los hechos muchas de las acciones emprendidas tienen un carácter netamente filantrópico, de voluntariado o de colaboración con ONGs.
Aún no parece haberse logrado integrar las acciones de RSE con las actividades centrales de los negocios. Esto implica que a pesar de reconocer la eventual importancia de la RSE como estrategia competitiva de la empresa, en los hechos no se ha avanzado demasiado en su implementación. No cabe duda que es importante pensar en las necesidades de la comunidad, pero también lo es tomar en cuenta los intereses de quienes pueden ser considerados como los principales stakeholders de la empresa: los trabajadores, los clientes, los proveedores.
El análisis anterior permite formular algunas conclusiones relativas a la RSE. En primer lugar, parece necesario modificar el paradigma de la maximización de beneficios. El modelo correspondiente ya no estaría representando la forma en que llevan a cabo sus actividades las empresas toda vez que la RSE entre a formar parte de sus motivaciones. No puede discutirse el principio de que la empresa debe generar beneficios. Ello es una condición necesaria para hacerla sostenible y además los mismos constituyen la esencia de los negocios. Pero en el nuevo contexto definido por la RSE ese objetivo deberá ser compatibilizado con otras demandas dirigidas a la empresa.
En el modelo tradicional de maximización de beneficios sólo se discuten los medios. En el nuevo enfoque que se propone deberán discutirse tanto los medios como los fines. Y los fines serán múltiples y deberán ser definidos en términos de los intereses de los stakeholders. En cuanto a los medios, al proceder a su análisis para identificar los más eficientes, deberá tenerse cuidado para que los mismos no entren en conflicto con algunos de esos intereses múltiples. (LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS: LA BRECHA ENTRE LOS PRINCIPIOS Y LAS ACCIONES Por la doctora Luisa Montuschi. Académica de Número).
La foto fija actual del sistema económico capitalista nos lleva a cuestionarnos si realmente la búsqueda incesante del beneficio rápido es beneficiosa para el desarrollo humano. Podemos encontrar en él argumentos motivadores de la actividad económica, sin duda los hay, pero también estamos construyendo una sociedad cuyo objetivo principal y único es el beneficio empresarial y económico, lo que nos lleva, sin duda, a la desnaturalización del ser humano, borrando del mapa social los valores y sentimientos propios de nuestra condición.
La importancia de la vida o de la conservación del medio ambiente quedan relegados a un segundo plano en pro de la maximización de beneficios. Algo no funciona en el sistema cuando se valora más el beneficio empresarial privado que las propias vidas humanas o que el planeta dónde vivimos.
ENRIQUE MINETTI