Vía libre al Estado contra fallo por rebaja de multa a Walmart

Viedma (ADN).- La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Viedma aceptó formalmente el recurso de casación que presentó la provincia de Río Negro contra la sentencia que dispuso hacer lugar parcialmente a la apelación que formuló la empresa Walmart Argentina SRL por la multa de $20.000 que se le impuso por infracción a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.

Hace casi dos años, Walmart recibió esa sanción por presunta inobservacia del artículo referido a que los productos no presenten peligro para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios. Inspectores detectaron 149 productos vencidos para su consumo.

El 26 de marzo pasado, el Tribunal viedmense admitió el recurso de casación articulado por la provincia contra la sentencia que habría morigerado la sanción contra la reconocida firma comercial.

La provincia observó que la remisión ordenada resulta “un despropósito y arrastraría la imposibilidad de que Comercio Interior ratifique el monto de la multa otrora decidida”.

En otra resolución judicial, emitida el 30 de octubre del 2013, la Cámara resolvió la apelación interpuesta por Walmart contra la resolución condenatoria N° 372/12, del 18 de julio de 2012 dictada por el director de Comercio Interior, mediante la cual se impuso a la referida sociedad la sanción de multa de $ 20.000 por infracción al supuesto previsto en el artículo 5 de la Ley Nacional N° 24.240, de Defensa del Consumidor.

En el expediente se aludió al hecho de “haberse constatado por parte de inspectores del organismo en el acto de la fiscalización realizada a la firma recurrente el 23/05/2012 la existencia de productos para la venta que tenían la fecha vencida para su comercialización en clara infracción al artículo 5 de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor y artículo 30 de la resolución N° 100/83 de la Secretaría de Comercio Interior, reglamentaria de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial,”.

Por entonces, se procedió al decomiso de 149 productos por resultar” un riesgo a los potenciales consumidores la comercialización, ratificando lo actuado por los funcionarios intervinientes en cuanto a la medida adoptada y al destino dado a la mercadería decomisada”.

ADN