Jueces rechazan posible beneficio económico para empresa Turbine Power
Cipolletti (ADN).- La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti rechazó el pedido de la empresa Turbine Power Co. SA de obtener el beneficio de litigar sin gastos en un ciento por ciento, en el marco de un proceso derivado del incendio producido en una turbina eléctrica propiedad de la firma regional y que habría implicado el concurso de la firma.
En el expediente judicial consta el convenio de mediación realizado entre Turbine Power y Generali Corporate Compañía Argentina de Seguros SA, Allianz Argentina Compañía de Seguros SA y Sancor Cooperativa de Seguros Limitada, por el cual se le acordó el pago de U$S 14.750.000 (más el anticipo ya abonado de U$S 1.500.000), en concepto de costo total del siniestro ocurrido a la turbina PG9171E-Nº 957, propiedad de Turbine.
En el documento se refirió que la abogada Liliana Stafforini mencionó que el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 9 resolvió la venta de ciertos activos de la concursada Turbine a la empresa Rafael Albanesi SA por U$S 23.000.000, de lo que afirmó surge la capacidad de Turbine para hacer frente a los gastos que demanda el proceso principal.
Por su parte,Turbine Power Co SA explicó que la suma que habría de recibirse servirá para afrontar las múltiples deudas atrasadas e impagas, que se han ido acumulando por el estado de parálisis en que se encuentra la planta desde hace tiempo.
Como parte del proceso, la provincia de Río Negro manifestó que los estados contables no fueron acompañados por la documentación complementaria que permita recabar la verosimilitud del trabajo.
Además, mencionó la existencia de diversos procesos referidos a ejecuciones fiscales iniciados por la DGI (Dirección General Impositiva) contra Turbine Power, que fueron levantados en el año 2011, de lo cual surge que la empresa, en uso de la administración y disposición de sus bienes ha aportado las garantías necesarias para que la DGI y los Juzgados intervinientes tengan por satisfechos los créditos reclamados.
Respecto del pedido de Turbine Power de litigar sin gastos, los jueces de Cámara cipoleño destacaron que cuando la que demanda es una sociedad comercial, que se inspira en fines de lucro, el instituto en examen “debe ser apreciado con prudencia, a fin de no desnaturalizarlo, porque su fundamento reside en evitar que se vean afectados el derecho a la igualdad de las partes en el proceso y la garantía de la defensa en juicio”. (ADN)