Cárcel de Bariloche: convocatoria a Referéndum • Maria Dalceggio
Relacionado con la intención del Gobierno Provincial y/o Nacional de construir un Penal Federal en la ciudad de San Calos de Bariloche, dentro de su ejido municipal, siendo la primigenia idea la construcción de la nueva Unidad Penal III
y que mediante un acuerdo entre Provincia y Nación esta última quedara sin efecto, propiciándose en consecuencia el alojamiento de detenidos provinciales en dicha Penitenciaría Federal, circunstancia esta que nos conlleva a presumir casi de manera cierta, que una vez concluida la obra en cuestión y habilitada como tal, ingresaría a la ciudad turística de Bariloche una considerable población carcelaria, sumando a esta la local, con la eminente posibilidad de un gran flujo migratorio de familias de distintos lugares del país y/o del exterior, con intenciones de asentarse en esta ciudad para estar cerca de las personas que cumplen sus distintos tipo de condenas, más la problemática que dicha construcción traería aparejada a la ciudad en lo concerniente a seguridad y su incidencia en el aspecto económico más importante cual es el turismo, el Comité Seccional Bariloche de la Unión Cívica Radical expresa su total apoyo a los proyectos de Comunicación y de la Ordenanza de convocatoria a Referéndum presentadas por la Concejal Prof. Elena María Welleschik.
El turismo al ser una industria global y altamente competitiva, hace que el turista por lo general invierta una cantidad considerable de sus ingresos para una vacación y basa su decisión en la percepción que tiene del destino y esto hace que el turismo sea sensible al riesgo y a la inseguridad. Entonces habría que preguntarse si la construcción de un Penal Federal, de la envergadura que se pretende, con la posibilidad cierta de un gran flujo migratorio nacional e internacional, con el alto riesgo de acrecentar las tomas ilegales de tierras como así la comisión de delitos, deteriora o no la imagen sensible que tiene la ciudad como centro turístico por excelencia. Ante la circunstancia planteada cabría preguntarles a los hoteleros, al comercio y a la población en general, si realmente les interesa el huésped o visitante que pueda venir por el Penal de referencia.
Si se entiende como seguridad turística la protección de la vida, la salud, de la integridad física, psicológica y económica de los visitantes y la existencia de buenos prestadores de servicios, también debemos entender que las principales necesidades conscientes e inconscientes de esos visitantes en la elección de un destino, son la originalidad de la oferta, la calidad, el precio y sobre todo La Seguridad.
La Ley Provincial Nro. 4846 en su artículo 2 establece claramente cuál va a ser el destino que se le dará a la expropiación de dos parcelas ubicadas en la ciudad de San Carlos de Bariloche e identificadas catastralmente como 19-2-M-003-01A y 19-2-M-003-01B, con una superficie de 10 ha 00 a 34 ca 25 dm2 y 12 ha 13 a 72 ca 68 dm2, respectivamente, que en su texto original establece: “Artículo 2º.- Destino: En el marco de esta ley, el sujeto expropiante debe destinar los bienes expropiados a la construcción de un nuevo complejo penal en la ciudad de San Carlos de Bariloche”. Es importante destacar que a la construcción que hace referencia la Ley y que motivó la expropiación, es la construcción del nuevo Penal III, es decir que el espíritu primigenio de la ley mencionada ha sido cambiado al tener como finalidad la construcción de un Penal Federal.
Maria de los Angeles Dalceggio
Vicepresidente 1ro
Comité U;C:R Bariloche