Igoldi procesó a agresores de policía y les impuso estrictas pautas de conducta
Viedma.- El juez penal Favio Igoldi dictó el procesamiento de dos hombres mayores de edad por lesiones graves, en perjuicio de un hombre que se desempeña como empleado de la fuerza policial en la ciudad de Viedma.
Ordenó la libertad provisoria de ambos imputados, bajo cumplimiento de pautas de conducta como: fijación de domicilio, prohibición de transitar y estar en la vía pública en horarios nocturnos; prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes;concurrencia a la Comisaría con jurisdicción de su residencia todos los días entre las 13:00 y las 15:00; prohibición de acercamiento a una distancia inferior a 800 metros de la residencia de la víctima y los testigos (todas monitoreadas por la Policía de Río Negro). También dispuso medidas proteccionales en relación al domicilio de la víctima y su familia.
Con respecto al hecho, se les imputa a los ahora procesados, que el 3 de junio de 2014, siendo aproximadamente las 16.15, en circunstancias de encontrarse en la vía pública en inmediaciones del Barrio Guido de la ciudad de Viedma, de manera conjunta y coordinada habrían agredido con trozos de escombros a la víctima, causándoles lesiones. Que esta agresión se detuvo únicamente ante la presencia de personal policial que se acercaba a metros del lugar, impidiendo ello la continuidad.
Consignó el magistrado que “analizada y verificada la existencia del hecho y la participación de ambos indagados en el mismo, debo decir que el suceso investigado se trató de una concreta agresión, coordinada por ambos imputados sobre la integridad física de la víctima”.
Agregó que “precisamente el hombre agredido, expresó en sede judicial que en aquella oportunidad, arribó a su domicilio en el Barrio Guido y que los imputados lo miraban. Que cuando luego se retira para ir a trabajar, primero lo agreden verbalmente (llamándolo «milico de mierda») y luego de manera física.”
“Entiendo que independientemente de cada conducta desarrollada por los imputados, se trató de una concreta coautoría, teniendo ambos el dominio del hecho y actuando con un mismo fin, coordinado, a saber: agredir a la víctima”, afirmó Igoldi.
“En el cúmulo de testimonios colectados doy prioridad al de la propia víctima, quien da cuenta de la agresión con piedras, el alcance de una de estas en su rostro, y la continuidad del ataque a su cuerpo con golpes de puño -sin dar referencia a continuidad de golpes con piedras. Agregaré que la lesión constatada en la víctima es la que le produce aquel golpe dado por uno d ellos agresores, no observándose otras secuelas de gravedad en su cuerpo como producto de los otros golpes -y por ende, la escasa posibilidad de que se viera afectada su vida.”