La Justicia ordenó el desalojo del Puerto San Carlos
Bariloche.- En un fallo que hizo lugar a la demanda judicial iniciada por el Gobierno Municipal, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería ordenó el desalojo del Puerto San Carlos por parte de Emprendimientos Bariloche y la consecuente restitución del inmueble municipal a la ciudad. La intendenta valoró la recuperación del espacio público, que pone fin a «27 años de desidia, incumplimientos y falta de compromiso con toda la comunidad de Bariloche”
La intendenta María Eugenia Martini, que impulsó la restitución del edificio para la ciudad, valoró la sentencia y consideró que “es un gran paso para la recuperación del espacio público» de la ciudad. Además, Martini expresó su reconocimiento a la labor de la ex Asesora Letrada del Municipio, María Marta Peralta, quien durante su gestión al frente del área lideró la batalla judicial por la recuperación del espacio. El actual Asesor Letrado Ricardo Medrano retomó las actuaciones que llevaron al resultado judicial conocido hoy.
El concejal Alejandro Ramos Mejía también destacó la importancia de este fallo, al que calificó como “histórico”. “Es vital que el Estado asuma este rol en cuanto al uso de nuestros espacios públicos, y este gobierno ha sabido encarnarlo”, señaló, y agregó que “es un logro que tiene que ver con que el sector privado actúe con responsabilidad cuando se trata de los bienes de todos los barilochenses”.
La sentencia, firmada por los jueces Emilio Riat, Carlos Cuellar y Edgardo Camperi, desestimó los planteos de inconstitucionalidad formulados por la empresa privada y rechazó todas las excepciones presentadas. Así, los magistrados establecieron que, una vez que el fallo quede firme, tanto Emprendimientos Bariloche como los subinquilinos y demás ocupantes deberán desocupar el edificio del Puerto.
El expediente surge a partir del juicio de desalojo inciado en mayo del año pasado por el Municipio contra Emprendimientos Bariloche S.A., ante los reiterados incumplimientos del contrato de concesión y el estado de abandono del edificio, que es un bien de dominio público.
En abril de 2013, el Gobierno Municipal rescindió la concesión del Puerto San Carlos, ante la falta de respuesta después de que el Ejecutivo otorgara amplios plazos para que la empresa regularizara su situación de pagos de canon adeudados —ya que nunca se registró un pago durante todo el período de concesión— y realizara las obras de infraestructura pendientes, entre ellas trabajos de mantenimiento y equipamiento, culminación de obras no terminadas y la contratación de un seguro de responsabilidad civil e incendio.
Ante la continuidad del incumplimiento de las obligaciones establecidas por el contrato de concesión, en mayo del año pasado el Ejecutivo Municipal presentó ante la justicia la demanda civil de desalojo, después de que Emprendimientos Bariloche no quiso retirarse en forma voluntaria.
Es en el marco de esa demanda que la ex concesionaria del Puerto San Carlos presentó una serie de recursos judiciales para retrasar o impedir el desalojo. Ahora, la Cámara de Apelaciones dio la razón a los planteos de la Asesoría Letrada del Gobierno Municipal. También estableció que el fallo es recurrible, de manera que habrá que esperar a que la decisión de los jueces quede firme para poder realizar el desalojo efectivo.
La sentencia estableció que la resolución de la intendenta María Eugenia Martini que rescindió el contrato de concesión “cuenta con presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria”. Los jueces consideraron que la decisión de Martini “luce extensamente fundada”, que la comuna cumplimentó todos los pasos establecidos por la ley para proceder al desalojo y que el plazo para la restitución del inmueble “está ampliamente vencido”.
En su parte resolutiva, el fallo ordena “una vez firme la presente, librar mandamiento de desalojo contra Emprendimientos Bariloche S.A., Bach S.R.L., Powerlink S.R.L., Marcelo Fraciano y Magma S.R.L., personas que de ellos dependan, subinquilinos y demás ocupantes que hubiere en el área del Puerto San Carlos”. Además, les impuso a los demandados las costas del juicio.