Bariloche: Ordenan a Municipalidad indemnizar a familiares de empleado fallecido
Bariloche (ADN).- La Cámara del Trabajo de Bariloche condenó a la Municipalidad local a pagar a los familiares de un empleado fallecido la indemnización por muerte.Las actuaciones por el cobro de indemnización se iniciaron con las presentaciones por parte de familiares del empleado municipal, entre ellos la concubina y una hija, generando una acumulación de reclamos.
El fallo de la Cámara laboral explicó que el artículo 29 del Estatuto de Obreros y Empleados Municipales, establece: «Los derecho-habientes de un obrero o empleado municipal fallecido percibirán una indemnización”, estableciendo la relación entre la antigüedad de trabajo y el respectivo porcentaje.
En este caso, la indemnización ha sido reclamada por el hijo del empleado fallecido y por la concubina, por sí, y por la hija menor que tuviera con aquél.
“Computando el sentido de la indemnización que la norma legal reconoce, la que evidentemente tiene por finalidad proteger a la familia del trabajador ante la pérdida de éste y, consiguientemente, de los aportes que aquél realizaba en beneficio de su núcleo familiar, entiendo (detalló uno de los jueces barilochenses) que la solución propuesta por la defensora de Menores, Paula Inés Bisogni, en su dictamen aparece como razonable y ajustada a las pautas legales”.
El magistrado entendió que la indemnización, como lo señaló la representante de la menor, deberá distribuirse en partes iguales entre la concubina y los hijos del agente fallecido, ambos del mismo apellido. (ADN)