Betelú quiere que Gobierno reglamente leyes de acceso al seguro de sepelio

Viedma.- El legislador radical Alejandro Betelú solicitó al Gobierno provincial que reglamente urgente varios artículos de las leyes 3937, del Sistema Integral de Protección a la Vejez (SIPROVE), y de Bomberos Voluntarios, relativos al seguro de sepelio de beneficiarios que no accedieron al sistema previsional. El parlamentario provincial requirió implementar la medida a través de un proyecto de comunicación.

Betelú recordó que el 17 de marzo fue presentado en la Legislatura el proyecto de ley Nº 126/14, por el cual se propició la inclusión de un seguro de sepelio dentro del régimen establecido en las leyes D 3937 y D 168, con el fin de afrontar con ese seguro los gastos de sepelio de los beneficiarios que no han tenido la posibilidad de acceder a un beneficio previsional y contar, de esa manera, con el sistema implementado por el Régimen Nacional de Previsión Social.

Con esa finalidad, se incorporaban a la Ley D 3937 (SIPROVE) el inciso j del artículo 2 y el artículo 14 y a la Ley D 168 (Bomberos voluntarios) el artículo 36.

Refirió que la propuesta fue sancionada el 19 de junio de este año y promulgada bajo el número de registro Ley Nº 4.982, el 8 de julio por decreto Nº 851, publicado en el Boletín Oficial 5268 del 17 de julio de 2014.

“Si bien ambas disposiciones se encuentran vigentes, resulta imprescindible que las disposiciones normativas incorporadas por imperio de la Ley 4982, sean reglamentadas para que los beneficiarios de las leyes D 3937 y D 168 puedan acceder a los beneficios allí reconocidos”, destacó Betelú.

Explicó que en los fundamentos del proyecto de ley Nº 126/14, tanto el sistema previsto en el SIPROVE como en el régimen de pensión graciable de los bomberos voluntarios, no contaba con las previsiones necesarias para afrontar los gastos de sepelio, en caso de fallecimiento de sus beneficiarios.

Agregó: “La falta de regulación en esta materia ha sido subsanada con la sanción de la Ley 4982. Sin embargo, continuará generando inconvenientes su aplicación efectiva si no se disponen las instrucciones, decretos o reglamentos necesarios para poner en ejercicio el beneficio otorgado, solucionando de esta manera las situaciones familiares que, ante momentos de tanto dolor por la pérdida de un ser querido, no cuentan con los recursos necesarios para afrontar los gastos de sepelio de los beneficiarios de estos sistemas de protección social”.

Concluyó que “por eso presentamos esta iniciativa, con el fin de solicitar al Poder Ejecutivo proceda a reglamentar en forma urgente el inciso j del artículo 2 y el artículo 14 de la Ley D 3937 y el artículo 36 de la Ley D 168”.

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