Consejo de la Magistratura y servicio de Justicia. Desafíos ● Leandro Oyola
En la última reunión del Consejo de la Magistratura realizada en la Primera Circunscripción Judicial se patentizó con total claridad la problemática que está atravesando el Poder Judicial respecto de la cobertura de vacantes de funcionarios y magistrados.
Todos los postulantes eran de extracción del Poder Judicial y la mayoría de los ganadores, aunque claramente idóneos, con escaso tiempo de permanencia en el cargo que abandonaban.
¿Cuáles son las causas que nos han puesto en esta situación? Pueden observarse dos causas principales.
La primera de ellas es una fuerte cantidad de renuncias de funcionarios y magistrados judiciales producidas en los últimos años en virtud de la adhesión al régimen de la Ley 24.018, aplicado conforme Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Río Negro al Estado Nacional -Ley L 2.988- ratificada por Ley L 4.449.
Era previsible que el éxodo masivo de funcionarios, que efectivamente se produjo, afectaría el servicio de justicia si no se tomaban los recaudos para que el proceso se realice con retiros paulatinos y programados. Si hubo esfuerzos de planificación, ellos no dieron los resultados esperados.
Al forzarse los retiros de este modo extremo, se puso en evidencia la segunda de las causas: El propio procedimiento de selección de magistrados y funcionarios judiciales previsto por la Ley K 2.434 del Consejo de la Magistratura previsto por el Art. 220 de la Constitución Provincial.
Todo proceso de selección tiene cinco etapas: 1) Inscripciones e impugnaciones, 2) Examen psicofísico, 3) Antecedentes, 4) Prueba de oposición y 5) Entrevista personal.
De todas las etapas referenciadas hay una que particularmente demora el arribo a la decisión del Cuerpo en la instancia de Entrevista Personal. Ella es la etapa de la Prueba de Oposición. Puede observarse que en esta instancia es donde el procedimiento se demora y se plaga de incertidumbres tanto para postulantes como para el propio Consejo, dado que nunca se sabe con certeza cuándo se entregaran los resultados por parte del Jurado Examinador.
El Consejo, depende en la práctica de la voluntad de una pluralidad de terceros ajenos a las previsiones constitucionales a quienes se debe esperar para que realicen tareas de calificación de antecedentes y corrección de exámenes de modo gratuito y sin exigencia de plazo para cumplir con su función. Todo esto pone, sin dudas, en una situación de debilidad al procedimiento de selección, pues lejos está de aportar celeridad al sistema.
La situación descripta se resume entonces en dos grandes causas: 1) Retiro masivo de funcionarios y magistrados judiciales sin los resultados esperados en su planificación y con escasa o nula aplicación del Estado Judicial y 2) Las propias cuestiones de morosidad procedimental para evaluar la idoneidad de los postulantes.
Las consecuencias: Repercusión negativa en la prestación del servicio de justicia.
¿Cuáles son las posibles soluciones y quiénes pueden aportarlas?
La solución al problema no puede esperar más y debe tener abordajes que involucren de modo activo a Legisladores, Superior Tribunal de Justicia y Colegios de Abogados de la provincia.
En pos de ese objetivo, en la última reunión del Consejo en la Primera Circunscripción la cuestión se debatió seriamente y desde la representación del Colegio de Abogados de Viedma se recordó que apenas asumidos los cargos se describió la situación y se solicitó formalmente al S.T.J. que aplique el Estado Judicial dado que el sistema de subrogancias previsto en la Ley K 2.430, si bien estaba preparado para cubrir vacancias, de ningún modo podía absorber la masividad de retiros que estaba soportando el Poder Judicial.
Desde la Comisión de Jóvenes del Colegio de Abogados de Viedma se instó un ciclo de charlas informativas a matriculados con la activa participación del Secretario del Consejo de la Magistratura, los Consejeros Abogados y postulantes designados. El objetivo: promover y alentar las inscripciones en los concursos de abogados externos al Poder Judicial.
En lo que respecta al aspecto legal, una reforma legislativa de la Ley K 2.434 se vislumbra como necesaria. En la actualidad existe un proyecto de reforma en la Legislatura que podría dar continuidad al debate. Dicha reforma debería tener como objeto principal concentrar en una sola audiencia oral y pública la instancia de examen y de entrevista. De este modo, el trámite ganaría en celeridad tres o cuatro meses que hoy se ven ocupados en la etapa examinadora.
Expuesta la crítica constructiva y sus posibles soluciones, hay que destacar también que el Consejo de la Magistratura en los últimos años ha demostrado un incremento importante en la resolución de concursos. Puesto a prueba su funcionamiento ha podido actuar bajo demanda ante gran cantidad de producción de vacantes. De 2.009 a 2.011 se resolvieron no más de 20 concursos por año. A partir de ese año, a razón de 60 concursos por año y en lo que va de 2014 se han resuelto más de 40 concursos de ingreso.
Esto denota claramente que la cuestión no radica en exigir al sistema lo que no puede dar, sino en reformar de plano el procedimiento de selección de postulantes para llegar lo antes posible a la decisión del cuerpo.
Los representantes de los abogados de la Primera Circunscripción hemos instado a trabajar de modo colaborativo con el Superior Tribunal de Justicia y Legisladores ante la crítica situación planteada. Ahora hay que pensar, debatir y poner manos a la obra para diseñar la mejor de las soluciones posibles y hacerla realidad.
Leandro J. Oyola
Abogado integrante del Consejo de la Magistratura de la Primera Circunscripción Judicial