Weretilneck rechazó denuncia de docente que pretendía una casa de plan oficial
Sargento Vidal (ADN).- El gobernador Alberto Weretilneck rechazó la denuncia de ilegitimidad que presentó una preadjudicataria del IPPV contra la resolución del interventor de ese organismo que hizo lugar a la impugnación que se efectuó contra ella respecto a la preadjudicación correspondiente a una unidad del plan 20 Viviendas Programa Federal Reconvertido en la localidad de Sargento Vidal. Se trata de una maestra que, en este caso, no acreditó efectiva residencia en ese lugar e incumplió requisitos y condiciones básicas para acceder a la casa de plan oficial.
La docente Lorena Carina J. solicitó que se deje sin efecto la resolución y la descalificación dispuesta, restituyéndole el puntaje original obtenido 55 al momento de la preadjudicación, rechazando la impugnación planteada. Pero, oficialmente se desestimo la acción por “la omisión de consignar debidamente las fechas de notificación y de presentación del escrito recursivo”.
Según consta en el decreto 1332, la inscripción de demanda habitacional se efectuó el 13 de junio de 2013 exponiendo Lorena J. como motivo de la anotación la obtención de una vivienda para su hijo menor de edad y denunció como domicilio la localidad de Sargento Vidal, con residencia desde el 14 de diciembre de 1978. Actualmente, vive con su hijo.
En la documentación oficial se adjuntaron dos certificaciones del Ministerio de Educación de Río Negro, ambas del13/06/2013, acreditando servicios en el CEM N° 125 y CEM N° 137, ambos establecimientos rionegrinos, a partir de mayo y abril respectivamente, del año 2013.
Ademas, obra constancia de la Municipalidad de Campo Grande del 13/06/2013 certificando que Lorena J. no se encuentra como titular de inmuebles en el ejido de Campo Grande ni resulta adjudicataria de loteos sociales recientes.
También figura una presunta denuncia que se habría efectuado en el marco del proceso de preadjudicación realizado, denunciando, entre otros, a Lorena Carina J, indicando: “…esta señora no vive en Campo Grande, desde hace aproximadamente 10 años ella reside en Alta Barda, provincia de Neuquén, solamente tiene en el pueblo de Sargento Vidal a sus padres”.
Una notificación emitida el 27/09/ 2013 y suscripta por la jefe de la delegación IPPV Cipolletti, con fecha de efectiva notificación a la recurrente el 30/09/2013, comunicándole la impugnación de oficio a la preadjudicación del plan “20 Viviendas en Sargento Vidal” por “no residir en la localidad con todo el grupo familiar que originó la pre-adjudicación”, intimando la presentación de descargo en el término perentorio de 48 horas.
Por su parte, la docente contestó la impugnación formulada, consignando sus desempeños laborales, en horario matutino (suplencias en la ciudad de Neuquén) y en horario tarde y noche (también vinculadas a la docencia, en establecimientos de Sargento Vidal y Campo Grande), como también refirió la situación coyuntural que atravesaba con su hijo menor de edad, quien se encontraba (por lo menos al momento de los hechos puestos bajo análisis) bajo tratamientos psicológico y psicopedagogicos desde el año 2011 en la ciudad de Neuquén ocasionando los horarios de escuela y de los centros de tratamiento.
Por ello, excepcionalmente habría decidido que en el año 2013 su hijo asistiera a un establecimiento cercano a los mencionados centros asistenciales.
En otro momento, el IPPV procedió a efectuar una actuación interna tendiente a dilucidar la procedencia de la impugnación, constando el informe emitido el 24 de septiembre de 2013 por la Jefe de la Delegación del IPPV de Cipolletti, en el que se expone que el 23/09/2013 concurrió al domicilio denunciado en la inscripción, siendo atendida por la madre de la postulante, quien manifiestó que “a veces su hija pernocta en la ciudad de Neuquén, que no cuida más a su nieto, que el tema escolar lo consulte con la madre del niño”.
La funcionaria refirió haberse comunicado telefónicamente con Lorena J., quien le habría confirmado que los días que trabaja hasta tarde en la ciudad de Neuquén pernocta “en casa de parientes, amigos o en lo de mi novio”, que su hijo no asistía a la escuela de Sargento Vidal y que ello estaba aclarado e informado en la documentación oportunamente presentada, ratificando el domicilio consignado en ocasión de su inscripción y que la tenencia del menor era compartida.
Del extenso decreto gubernamental se desprende ademas que surge que la docente fue descalificada para el mencionado conjunto habitacional, entendiendo que al momento de su inscripción no habitaba el domicilio declarado con su hijo, rectificando el puntaje otorgado (55) a 45 puntos.
Para el Gobierno, se tiene que Lorena J. omitió aclarar las circunstancias personales que rodearon el momento de su inscripción, como la nueva situación escolar de su hijo, la problemática de salud por la que atravesaba el menor, en donde no se especifica las afecciones del niño sin perjuicio de lo cual luego son acreditadas como elementos justificatorios de la residencia casual en la ciudad de Neuquén), lo cual derivó en la calificación inicial, su posterior reevaluación y la posterior desajudicación.
“La falta de acreditación por parte de Lorena J. que efectivamente residía en forma permanente y continuada en la localidad de Sargento Vidal en los cinco años anteriores a la fecha de su inscripción constituye la causa eficiente para sostener la decisión adoptada por el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda provincial”, concluyó la medida oficial.
Agregó: “Lorena J. incumplió requisitos y condiciones inherentes a su condición de solicitante para acceder a un inmueble en el marco del Plan 20 Viviendas en la localidad de Sargento Vidal, proceso que se encuentra regulado y que corresponde sea observado por quienes aspiran a lograr dicho beneficio habitacional, a los fines de garantizar la igualdad de las partes (artículo 16 de la Constitución Nacional) y de posibilidades (artículo 14 de la Constitución de Río Negro), sin margen de discrecionalidad por parte de la administración”. (ADN)